La reforma agraria en el
municipio de Cosamaloapan,
Veracruz (México), 1915-1945*

José Manuel Velasco Toro: Doctor en Historia Contemporánea por la Universidad del País Vasco. Profesor-investigador en el Instituto de Investigaciones Histórico- Sociales de la Universidad Veracruzana, Xalapa, México. Correo electrónico: cipactli50@yahoo.com.

Lucía Santos García:Licenciada en Historia por la Universidad Veracruzana. Becaría en el Instituto de Investigaciones Histórico- Sociales de la Universidad Veracruzana, Xalapa, México. Correo electrónico: lusan_2221@hotmail.com.

Fecha de recepción: 24/02/2014 Fecha de aprobación: 30/05/2014



Resumen

La reforma agraria derivada de la revolución mexicana (1910) tuvo un papel fundamental en el desarrollo económico del país durante la primera mitad del siglo XX. La afectación de grandes propiedades para crear ejidos y dotar a los campesinos con tierra para el cultivo, presentó diversas facetas de tensión social y conflicto político que les hicieron distintivas en cada región y entidad federativa de México. Las hubo con el signo de asesinato de campesinos agraristas hasta regiones donde el proceso se dio con baja tensión y mínima violencia social. En el presente artículo explicamos cómo sucedió la reforma agraria en el municipio de Cosamaloapan perteneciente al estado de Veracruz. Espacio en el que la tensión agrarista fue en aumento a partir del deterioro de las condiciones económicas regionales que había mantenido, hasta los años veinte, un punto de equilibrio entre trabajador rural y empresa agrícola. Dos momentos son distintivos en nuestro estudio: el primero refiere a la etapa de restitución de tierras al pueblo de Cosamaloapan entre 1915 y 1920, caracterizado por la mínima tensión social; el segundo comprende la aplicación de la reforma agraria en su etapa de afectación a terratenientes y dotación ejidal a campesinos, la que no estuvo exenta de conflicto entre propietarios y campesinos, y temporalmente abarca de 1920 a 1945.

Palabras clave: reforma agraria, propiedad territorial, campesinos, hacendados y plantación.


The Agrarian Reform in Cosamaloapan,
Veracruz (México), 1915-1945


Abstract

The land reform in Mexico, resulting from the 1910 revolution, played a central role in the economic development of the country during the first half of the twentieth century. The involvement of large properties to create "ejidos" and provide small farmers with land for cultivation, exhibited various facets of social tension and political conflict, making these characteristics very distinctive in each region and Mexican federation entity. Murder of land farmers was the characteristic of some regions while other showed low signs of social tension and minimum violence. This paper explains how Land Reform occurred in the town of Cosamaloapan, Veracruz. In this municipality, the agrarian tension increased from the deterioration in regional economic conditions that, until the twenties, had kept the balance between farmers and agricultural companies. Two moments are distinctive in our study: first, the stage related to the restitution of land to the people of Cosamaloapan between 1915 and 1920, characterized by low social tension; the second moment is the implementation of Land Reform affecting landowners and the "ejidal" endowment to farmers accompanied by conflict between landowners and farmers from 1920 to 1945.

Keywords: land reform, land ownership, farmers, ranchers and plantation.


A reforma agrária, na cidade de Cosamaloapan
Veracruz (México), 1915-1945


Resumo

A reforma agrária resultante da Revolução Mexicana (1910) desempenhou um papel fundamental no desenvolvimento econômico do país durante a primeira metade do século XX. O envolvimento de grandes propriedades para criar ejidos e fornecer pequenos agricultores com terra para o cultivo apresentou várias facetas da tensão social e conflito político que fez distinta em cada região do México estão entidade federal. O sinal foi o assassinato de camponeses agrário para regiões onde o processo estava em baixa tensão e baixa violência social. Neste artigo vamos explicar como a reforma agrária aconteceu na cidade de Cosamaloapan pertencente ao estado de Veracruz. Espaço em que a tensão agrária cresceu de deterioração das condições económicas regionais tinham permanecido até os vinte anos, um equilíbrio entre os trabalhadores rurais e da agricultura. Dois momentos são distintos em nosso estudo: a primeira refere-se à fase de restituição de terras para o povo de Cosamaloapan entre 1915 e 1920, caracterizadas por baixa tensão social; a segunda compreende a implementação da reforma agrária durante o seu envolvimento latifundiários e camponeses ejido envelope, o que não foi sem conflitos entre latifundiários e camponeses, e cobre temporariamente 1920-1945.

Palavras-chave: reforma agrária, propriedade da terra, agricultores, criadores de gado e plantações.


Referencia para citar este artículo: VELASCO TORO, José Manuel, SANTOS GARCÍA, Lucía (2014). "La reforma agraria en el municipio de Cosamaloapan, Veracruz (México), 1915-1945". En Anuario de Historia Regional y de las Fronteras.19 (2). pp. 451-477.



Introducción

El municipio de Cosamaloapan se ubica en la parte centro-sur del estado de Veracruz, México. Su territorio tiene una extensión de 581,30 km2 que corresponde al 7.8% de la entidad veracruzana. La municipalidad se encuentra circunscripta en un área que se caracteriza por poseer un conjunto de ríos que conforman la cuenca del Papaloapan. En función de la altura sobre el nivel del mar, la cuenca se divide en alta y baja (véase mapa anexo). La cuenca baja, motivo de nuestra atención, va de la costa del Golfo de México hasta el pie de la Sierra Madre Oriental y se extiende hasta el nivel de los cien metros sobre el mar. En este ámbito caracterizado por la sabana, se circunscribe el municipio de Cosamaloapan. El perfil edafológico y la formación de tierras bajas siempre expuestas a las inundaciones estacionales provocadas por la creciente del río Papaloapan, determinaron la vocación ganadera extensiva durante el periodo novohispano y hasta principios del siglo XX, momento en que empezó el predominio del monocultivo de la caña de azúcar y la plantación de plátano.

A partir de 1910, año que en la historiografía mexicana marca el inicio de la revolución, se dieron cambios estructurales profundos que impactaron la vida social y agraria del país. Una de las demandas de justicia social que emergieron en fervor revolucionario, fue la de poner fin a la concentración de la propiedad de la tierra en pocas manos y de la explotación del trabajador rural por hacendados y latifundistas. Dos voces clamaron por el derecho del acceso a la propiedad y la recuperación de las tierras comunales: el planteamiento de Francisco Villa cuya imagen agraria se fundaba en la formación de la propiedad ranchera de corte familiar y la voz de Emiliano Zapata cuyo agrarismo giró en torno a la propiedad comunal. Entre ambas demandas emergió la propuesta constitucionalista impulsada por Venustiano Carranza que se concretó con la llamada Ley de 6 de enero de 1915, ordenamiento mediante el cual se abrió e inició la restitución de tierras comunales que habían sido arrebatadas a los pueblos a partir de aplicación de otra ley que fue la de Desamortización de fincas rústicas y urbanas propiedad de las corporaciones civiles y religiosas, conocida como Ley Lerdo de 1856.

Expedida en el puerto de Veracruz, la Ley 6 de enero de 1915 representa el fundamento jurídico a partir del cual se formuló y redacto el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, artículo que fundamenta y da contenido social a la reforma agraria que modificó las relaciones de poder en el campo mexicano. Fue en el mismo año de 1915, cuando muchos pueblos, al conocer el contenido de la Ley 6 de enero, demandaron la restitución de sus tierras comunales y ejidales que habían sido divididas y reducida a propiedad particular a lo largo de la segunda mitad del siglo XIX y primer década del siglo XX, sobre todo durante el periodo gobernado por Porfirio Díaz (1876-1910). Dos son los momentos derivados de la acción agraria revolucionaria: el primero giró en torno a la restitución de las tierras a los pueblos; el segundo, refiere a la reforma agraria propiamente conocida por la afectación de latifundios y haciendas para constituir ejidos y dotar de tierra al campesinado. La dotación agraria fue un medio para que los pueblos campesinos accedieran a una extensión de tierra para su sustento, siempre y cuando vivieran dentro de las haciendas o estuvieran vinculados con el propietario a través de actividades como el peonaje, arrendamiento, aparcería o mediería. En el discurso agrarista se insistió que el objetivo de la reforma agraria era incorporar al campesino al desarrollo productivo del país, política a la que se sumó el impulso a la educación rural. Este ideal pronto adoptó un discurso paternalista del Estado hacia el campesino y estuvo presente en los gobiernos posrevolucionarios, los que mantuvieron una alianza corporativa con las masas campesinas en equilibrio político con la expedición de leyes y decretos que les favorecieron sin alterar la estructura agraria capitalista del país.

Los estudios agrarios de corte regional realizados por diversos autores, muestran que al inicio de la reforma agraria, las solicitudes de dotación ejidal se dieron y resolvieron a partir de referentes políticos, económicos y sociales que caracterizaban a cada uno de los espacios locales.1 Para el caso del Cosamaloapan, la demanda de restitución de tierras se hizo en 1915; mientras que la solicitud de dotación agraria ejidal arrancó a partir de 1920. La primera se redujo a una restitución parcial al ser reincorporada parte de las tierras del ejido del pueblo en el año de 1917. El segundo proceso, en cambio, fue favorecido como consecuencia de quiebre de la economía de plantación, la crisis en la agroindustria azucarera y el impulso de gestión política e ideológica realizado por promotores agrarios respaldados por el Estado mexicano. Dentro de esta coyuntura, obreros y campesinos se adhirieron a sindicatos rurales a través de los cuales formularon sus demandas de ejidos. Expliquemos primero las características de la reforma agraria mexicana para ubicar el contexto de su desarrollo en el espacio del municipio de Cosamaloapan.


La reforma agraria en México

Son hombres de tierra, tienen hambre en el estómago
y sed muy grande de justicia

Ingeniero Manuel Castaño2

La historiografía sobre la revolución mexicana es amplia y explica este movimiento civil y armado, desde perspectivas complementarias que se corresponden con los distintos momentos históricos desde los cuales ha sido observada3. Diversos estudios consideran como factores de movilización a la clase media dirigente, el deterioro social y político, así como el resentimiento creciente de sectores empresariales ligados, directa o indirectamente al régimen de Porfirio Díaz. La pobreza y la explotación de la mano de obra campesina y obrera, el sentido de una actitud no reeleccionista y la necesaria aspiración de un reordenamiento político nacional, se conjugaron para impulsar procesos de cambio que finalmente desembocaron en la revolución mexicana. Al respecto nos dice Romero Espinosa:

La aparición de manifiestos y los brotes de rebelión en diversos puntos del país, indicaban que el momento final de la dictadura se aproximaba. Los intelectuales aristócratas del propio régimen velaban o abiertamente criticaban, pero cuidándose de no atacar al caudillo, los clubes sociales se multiplicaron y en su seno se discutían las ideas sociales y los graves problemas que el país confrontaba. Todo hacía pensar que se había llegado al punto de confluencia de los intereses de la clase media, de la burguesía progresista, de los trabajadores obreros y de los campesinos; había comunión en los intereses de estos sectores sociales y juntos estaban por abordar el tren de la Revolución, que los conduciría hacia las metas de justicia social por las que hoy lucha nuestro pueblo4.

Es bien conocido que uno de los vectores de este gran movimiento armado y político, fue el conflicto agrario que existía entre los pueblos contra las haciendas por el despojo que los hacendados habían realizado de las tierras de los pueblos. Cuando Francisco I. Madero lanzó el plan de San Luis Potosí el 5 de octubre de 1910, subrayó en el artículo 3º que el problema agrario tenía importancia capital y por tanto sería atendido. Esa promesa generó la atención y la simpatía de la población rural mexicana, especialmente de los pueblos que habían perdido sus tierras como consecuencia de la aplicación de la política desamortizadora de bienes comunales, y por la presión que los terratenientes ejercían sobre pequeños agricultores y rancheros para despojarlos de sus propiedades5.

En este sentir agrarista surgió el liderazgo de Emiliano Zapata respaldado por la base comunitaria de los pueblos de Morelos y la emblemática presencia de Francisco Villa en la región norteña de Chihuahua. Mientras que el modelo agrario zapatista se apegaba a su firme adhesión comunitaria expresada en el Plan de Ayala, en la estratificación social villista se agrupaban vaqueros, rancheros y mineros llegando a considerárseles ejemplos claros de rebelión serrana. Así, Emiliano Zapata simboliza el espíritu comunitario; Francisco Villa el ideal ranchero cuyo sustrato se encuentra en la propiedad y el trabajo familiar de la tierra. Ambos ideales, si bien no se confrontaron directamente, si poseían elementos de oposición que paradójicamente encontraron su síntesis en la visión carrancista de la Ley del 6 de enero de 1915. Al respecto Morett Sánchez resume ambas posiciones ideológicas:

Las dos facciones más importantes del movimiento campesino tenían posiciones distintas con respecto al problema de la tierra. La fracción norteña constituida por jornaleros agrícolas (sin ningún vínculo con la tierra desde hacía muchos años) solicitaban la entrega de parcelas. En cambio, el ejército del centro-sur (con gran importancia entre sus filas de la presencia de indígenas) demandaba la restitución de las tierras comunales, de que habían sido despojados en un largo proceso que tuvo su inicio, a mediados del siglo XVIII, con las leyes de desamortización y durante el porfirismo con las leyes de baldíos y deslindes6.

Hoy sabemos que buen número de problemas agrarios se gestaron desde la época colonial y se acentuaron durante el periodo desamortizador del siglo XIX. Indiscutiblemente era evidente a los ojos de la sociedad mexicana de principios del siglo XX, la enorme concentración de tierras y la posición que ocupaban en los espacios geográficos de la región. Sobre ello Molina Enríquez anotó:

A quién pregunta la razón de que sea así, se le contesta: todo este llano pertenece a la hacienda H. Algunas leguas más adelante se nota el mismo fenómeno, y la respuesta es siempre la misma: La hacienda X. En cambio allá en los confines de la hacienda y replegado contra las montañas, se ve los pueblecillos que son en el lugar los centros de población, en los cuales muchas veces la cabecera de distrito o de la municipalidad a que las haciendas pertenecen; y se advierte desde luego, por los sembrados cuidadosos y en pleno vigor de crecimiento, las pequeñas extensiones de tierra de que esos pueblos viven7.

Este acentuado problema había sido reflexionado durante el régimen porfirista. Son conocidos los trabajos de Wistano Luis Orozco (Legislación y Jurisprudencia sobre terrenos baldío, 1895), Andrés Molina Enríquez (Los grandes problemas Nacionales, 1909) y Luis Cabrera (La restitución de los ejidos como medio de suprimir la esclavitud del jornalero mexicano, 1913)8, autores que señalaron la necesidad de una transformación socioeconómica del país que conllevara a un cambio en la estructura agraria, base para la generación de un mercado interno vigoroso, la cual descansaría en la emergencia de la pequeña propiedad como centro de la economía rural. Las reformas que propusieron eran innovadoras para su momento y la agraria constituyó el núcleo fundamental al iniciarse el movimiento de 1910:

La propuesta era fraccionar las grandes haciendas y dividirlas en pequeñas propiedades, apoyando su desarrollo mediante una política fiscal sana y créditos baratos. En forma paralela debían reconstituirse los ejidos, así como dotar de los mismos a la población pobre que careciera de tierra. Para lograrlo se pensaba en la necesaria intervención y tutoría del Estado. A pesar de que los tres opinaban de manera distinta sobre la forma en que debía el Estado intervenir para dividir las haciendas, vender las pequeñas propiedades, restituir y dotar de ejidos, concedían en señalar que debe forzarse la división de las haciendas para impulsar la Reforma Agraria y proporcionar el desarrollo del mercado interno9.

Paradójicamente, el movimiento popular de la revolución mexicana se caracterizó por su predominancia rural, siendo menor la participación del proletariado industrial que no sólo no pudo ocupar la vanguardia revolucionaria, sino que apenas participó en la retaguardia. Viendo la simpatía campesina en las filas revolucionarias, sus demandas en acción y petición de justicia, el escenario del espíritu social giró hacía la revolucionaria demanda de atención agraria. La vorágine del movimiento armado, las demandas obreras y campesinas se radicalizaron y exigieron no sólo reformas, sino también transformaciones profundas en las relaciones laborales y agrarias, sentido social que finalmente quedó plasmado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917.

Otro aspecto que hoy conocemos cada vez con mayor amplitud por el avance de los estudios regionales de la revolución mexicana, es el hecho de reflejar dos mundos mentales contrapuestos: el de la clase social en el poder, sobre todo la terrateniente; y la clase social trabajadora en fábricas, empresas extractivas, campo y servicios. Los primeros consideraban a los segundos como gente dependiente y miserable que no estaba preparada para administrar una pequeña propiedad o un negocio. Los segundos discurrían que los primeros eran seres injustos y explotadores. Sirva la cita siguiente donde el propietario de una hacienda detalla esa visión en un informe para no ser afectado por la acción agraria:

[…] Hace como 7 y 8 años en una visita que hice a esta propiedad; les medí lotes de cinco hectáreas a cada uno de los vecinos de aquella época, para que en ello trasladaran sus ranchos, aconsejándoles sembraran árboles frutales o de productos perennes, les di semilla de higuerilla para que comenzaran con esta leguminosa a tener un motivo de arraigo, formando contratos de arrendamiento con promesa de venta, en condiciones que demuestra que mi interés no estaba en el valor de la tierra sino en él deseo de despertarle el amor al suelo en que se vive pues señalé como abono al valor veinte hectáreas, lo que pagaban renta para sus siembras, para llegando el plazo o antes recibieran ese lote en dentro de su absoluta propiedad. Acompaño un ejemplar de dicho contrato. Hago referencia a este hecho como comprobación de que la tierra en manos de campesinos sin aspiración a mejorar su situación, es inútil, primero es educarlos y después poner en manos la riqueza nacional, la tierra10.


El impacto de la revolución mexicana en el cantón de Cosamaloapan

También hoy sabemos que la intensidad de la lucha armada no fue igual en las distintas entidades de la República Mexicana. Tal es el caso de lo ocurrido en la región de la cuenca baja del Papaloapan en el estado de Veracruz. Factores que probablemente incidieron en la reducida participación social armada de la región en el contexto revolucionario nacional, pudieron ser la baja densidad demográfica, la estructura clientelar basada en relaciones de arrendamiento de la tierra, los salarios del jornal un poco más elevados que en el resto del país, la inexistencia de peonaje en las haciendas ganaderas, la organización ranchera soportada en núcleos familiares y los problemas de comunicación terrestre y fluvial durante los meses de lluvia, a lo que se sumó la presencia constitucionalista que estratégicamente se impuso en la región por su importancia como zona productora de ganado y vía de comunicación con el sureste mexicano.

No obstante lo anterior, hubo algunos levantamientos armados que no prosperaron, como el liderado por Juan Sánchez que se levantó en armas al grito de "¡Viva Madero!" e intentó posesionarse de la presidencia municipal de Cosamaloapan, siendo repelido por fuerzas locales. También el de José Santa Cruz, obrero que laboraba en la construcción del ferrocarril al istmo. El movimiento tuvo su origen en la estación de Pérez del municipio de Playa Vicente. Santa Cruz movilizó gente adepta a la causa maderista, y atacó por sorpresa a la cabecera municipal logrando instalarse en ella. Sin embargo, nunca logró la simpatía de la población y la clase opositora aprovechó tal apatía social para desprestigiarlo. Entre los propietarios que directamente lo atacaron fueron Juan Riquer, Francisco Lagos Quevedo, José Pío Ramos Ahuja y Luis Argudín, terratenientes y comerciantes que exigieron al aún gobernador Teodoro A. Dehesa que se brindaran garantías a sus personas y posesiones. Finalmente Santa Cruz se retiró de la vida política y aún no conocemos si su decisión fue por voluntad propia o fue muerto, el hecho es que desapareció sin dejar huella11.

Cuando las fuerzas revolucionarios carrancistas ocuparon y lograron el control de esta bella región veracruzana, no solo lo hicieron para combatir al grupo felicista encabezado por Félix Díaz, sobrino de Porfirio Díaz, sino también para recuperar y mantener el control del ferrocarril del Istmo que operaba entre Tuxtepec y Acayucan, y sustraer ganado de las haciendas ganaderas de la región cuya carne fue utilizada para alimentar a las tropas constitucionalistas que luchaban en la región Centro-norte del país. Desde luego, esta situación provocó un desequilibrio social y económico. La producción agrícola disminuyó, aunque no se detuvo, se afectó gravemente la reproducción del ganado cuyo sistema radicaba en el pastoreo extensivo y los comerciantes limitaron sus movimientos mercantiles hacia la región de Oaxaca por miedo a los asaltos y a las dificultades del transporte tanto ferroviario como fluvial:

El comercio decreció en cierto periodo, sobre todo a partir de 1914, cuando los grupos rebeldes aumentaron y aceleraron los ataques a las embarcaciones que surcaba el Papaloapan, o al ferrocarril; trayendo como consecuencia un estado de expectativa general entre los comerciantes foráneos y los locales. Los primero no se atrevían a enviar sus productos por temor ser asaltados y los otros vivieron constantemente presionados por los rebeldes que les exigían dinero para su casa o su contribución en productos12.

Esta situación propició la emigración de algunas familias acomodadas que vivían en la zona de Tuxtepec y en el área rural, hacía los pueblos de Tlacotalpan y Cosamaloapan, así como al puerto de Veracruz, sitios en los que había mayor tranquilidad y seguridad para sus vidas y bienes. Pero también, curiosamente, esa inseguridad también provocó que muchos pobladores rurales se movilizaran hacia centros que pronto se convirtieron en núcleos poblacionales como la Amalia y San Felipe, los que se sumaron al conjunto demográfico de Cosamaloapan. Así la población de Cosamaloapan pasó de 5374 habitantes en 1910 a 6938 en 1921.

Hubo otras estrategias de defensa como la implementada por el dueño del Ingenio San Cristóbal, ubicado en el municipio de Cosamaloapan. Ante la posibilidad de asaltos a su hacienda y la penetración de rebeldes, armó y sostuvo por su cuenta a un pelotón de rurales comandado por un teniente que estuvo bajo la dependencia de la autoridad política de Cosamaloapan13.

No deja de llamar la atención el hecho de que a pesar de existir un fuerte descontento social de los habitantes de pueblos ribereños del Papaloapan, como consecuencia del control que tenían los comerciantes y terratenientes del gobierno de los ayuntamientos, las facciones armadas que emergieron espontáneamente no tuvieron eco ni fueron apoyadas por los habitantes de Cosamaloapan y la región, descontento que en cambio si afloró una vez constituido el gobierno revolucionario y propició la movilización de campesinos y obreros.


Antecedentes del reparto agrario

En este orden de ideas ¿cuál fue el origen de la inquietud social agrarista en Cosamaloapan? Hasta donde hemos podido apreciar en la documentación consultada, el principal elemento de molestia social radicó en el conflicto entre los naturales que poseía las tierras del común con la pequeña oligarquía que emergió como resultado de la política liberal que fraccionó y vendió las tierras de los pueblos. Esta misma oligarquía ejerció el control político de los ayuntamientos y manejó el movimiento mercantil regional, así como la creciente y prospera actividad cañera y platanera.

A la llegada de las fuerzas constitucionalistas en Veracruz, Cándido Aguilar fue nombrado gobernador provisional el 20 de junio de 1914. Con la intención de remplazar el control político local que ejercían los miembros de la oligarquía del antiguo régimen, declaró anulados los poderes del ayuntamiento, remplazándolos por Juntas de Administración Civil, y eliminó las jefaturas políticas mediante el decreto número 4 de 26 de agosto de 1914. Esta disposición estimuló a la mayoría de los municipios del Papaloapan a iniciar una lucha política en contra de los grupos que habían gozado del control de los ayuntamientos, agrupación que había legitimado el despojo de las tierras de los pueblos. Las elecciones municipales fueron el detonante que articuló el descontento popular de la incipiente clase rural. Entre marzo y junio de 1917, se celebraron en la entidad elecciones municipales en forma individual y secreta. Así, se instalaron los ayuntamientos de Tesechoacan, Playa Vicente, Cosamaloapan, Chacaltianguis, Otatitlán, Tlacojalpan, Tuxtilla, Tlacotalpan y Alvarado. Mediante esta acción los conservadores fueron desplazados del control de los ayuntamientos, quienes buscaron contrarrestar estas nuevas disposiciones, y de inmediato promovieron la emergencia de grupos rebeldes que operaron bajo la bandera de villistas, aunque su filiación era felicista. Su tarea era asolar la región y provocar el temor para paralizar la iniciativa popular y combatir al carrancismo14.

La promesa de reparto agrario hecha por Venustiano Carranza y Cándido Aguilar, despertó la simpatía de los pueblos del Papaloapan. Los progresos en la solución del problema agrario fueron posibles gracias a la promulgación de diversas leyes y decretos. Por medio del decreto número 11 de 13 de octubre de 1914, se instituyó la creación de la Comisión Local Agraria (CLA), cuyas atribuciones eran las de examinar las propiedades privadas, deslindar y distribuir tierras públicas y evaluar la situación de los peones15. Poco tiempo después, y con la asesoría de Luis Cabrera, Carranza reformó el Plan de Guadalupe y dio cabida a una posible solución de la cuestión agraria. El nuevo programa político que emergió fue conocido como Plan de Veracruz. En su artículo segundo quedó de manifiesto la intención de expedir leyes agrarias que favorecieran la formación de pequeñas propiedades, que disolvieran los latifundios y restituyeran a los pueblos las tierras que en el pasado les fueran arrebatadas. Con estas medidas se buscó mejorar la condición del peón rural, amén de sumarlo a la causa constitucionalista16.

Como mencionamos líneas arriba, la Ley del 6 de enero de 1915 marcó el comienzo de la reforma agraria. Si bien su propósito fue solucionar el malestar y el descontento de los pueblos y comunidades mediante la restitución de sus tierras, montes y aguas, al declarar la nulidad de los fraccionamientos de los ejidos de los pueblos, siempre y cuando demostraran su posesión con títulos anteriores a 1856, no se planteó en su espíritu jurídico la intención de reconstituir las antiguas comunidades campesinas o crear otras semejantes, aunque sí se dejó abierta la libertad de que administraran los terrenos de común repartimiento y ejidos, en la forma en que juzgaran conveniente. Por otra parte, esta ley definió con claridad las modalidades de la propiedad y creó el derecho de acceso a la tierra para el trabajador del campo mediante la dotación agraria que llamó ejido y consistió en la extensión suficiente para que cada jefe de familia tuviese una utilidad equivalente al jornal medio de la localidad17.

Venustiano Carranza, con el fin de divulgar las acciones agrarias implicadas en la Ley de 6 de enero, envió promotores agrarios a diversas regiones. Así, al Papaloapan llegó Ángel R. Cabada, hombre leal a la causa agrarista con ideas revolucionarias, conocedor de la situación vivida por el sector popular y originario de la Carbonera (ranchería de Tlacotalpan). Cabada había trabajado en el Departamento de Alcoholes donde destacó como líder obrero, situación que le valió ser despedido en 1908. Después residió en el puerto de Veracruz y luego se estableció en Xalapa, donde logró insertarse en la causa constitucionalista18. La promoción agraria fue reforzada por la acción política de Cándido Aguilar que creó las Juntas de Administración Civil para el gobierno de los municipios, desplazando así a la oligarquía local porfirista que fue remplazada por personas leales a la causa constitucionalista. Apoyado en las Juntas de Administración Civil y en la agitación agrarista realizada por los promotores de la CLA, se dio a la tarea de impulsar el proceso de solicitudes de restitución y reparto agrario. Por ello, apenas se conoció el contenido de la Ley del 6 de Enero, los pueblos del Papaloapan se movilizaron y presentaron sus respectivas solicitudes de restitución de tierras.


Restitución de tierras

Los pueblos que en 1915 solicitaron la inmediata restitución de sus tierras de común y ejidos, fueron: Alvarado, Tesechoacan, Cosamaloapan, Chacaltianguis y Tuxtilla. Por cuanto hace al pueblo de Cosamaloapan, el 17 de febrero un grupo de agricultores solicitó la restitución de las tierras que habían pertenecido al ejido del pueblo, solicitud que volvieron a refrendar en los meses de julio y septiembre de 1916. El proceso restitutorio culminó el 19 de marzo de 1920, sin que fuera muy favorable para los naturales de Cosamaloapan. He aquí los hechos.

El pueblo solicitó acción restitutoria de doce sitios de ganado mayor y once sitios de ganado menor, demanda que ampararon mostrando copias de las reales cédulas de 1585, 1589 y 1594. Los documentos amparaban los ejidos del pueblo en los lugares llamados Axoapa que linda con el río Coapa; Xocotilpa o Xocotipa que está en el cerro de Ocelotla, en Cogistepeque y en la Playa de Pichuapa al sudeste de la Ciénega de Pichuapa.19 En 1890, la administración municipal provino dividir los terrenos del común en seis lotes que procedió a vender. El hecho de que tal proceso se hiciera veintiséis años después de promulgada la Ley Lerdo, parece vinculado al interés por apropiarse de terrenos aptos para la agricultura cañera y cercanos, en este caso, al ingenio San Gabriel. Los lotes llamados El Laurel y El Zopilote, cuya dimensión era de 108 hectáreas, fueron vendidos al terrateniente José Ahúja Lavalle, de origen español y radicado en Tuxtepec, Oaxaca. Los lotes San Felipe y una fracción de San Gabriel, se adjudicaron a Romualdo Rodríguez y Lorenzo Lavalle. La parte restante del lote San Gabriel con extensión de 108 hectáreas, fue vendida a Sociedad Martínez poseedora del Ingenio del mismo nombre. Todas estas ventas fueron realizadas en contubernio entre autoridades municipales y los miembros de la oligarquía local, a espaldas del propio pueblo de Cosamaloapan20.

A todas luces el proceso de división y reducción a propiedad privada de los terrenos del común y ejidos del pueblo de Cosamaloapan, no se apegaron a lo especificado por la Ley Lerdo, sino que se recurrió a procedimientos al margen de ella lo que justificaba el atender la restitución de las tierras. En este tenor, el gobernador interino en turno, Delfino Victoria, informó que el presidente de la República había resuelto favorablemente la restitución. Esta decisión trajo consigo confrontaciones directas entre la burguesía cañera, ganadera y rentista de la región, en especial con los dueños de los ingenios San Cristóbal y San Gabriel, quienes presionaron a Venustiano Carranza para que contrarrestara la resolución y procedieron a interponer amparo argumentando que estaban siendo afectados por un proceso de reparto agrario, cuando las propiedades, en el caso del Ingenio San Gabriel, tenían por extensión las porciones que exceptuaba la ley.

Ante tal argumento, Cándido Aguilar defendió los intereses comunes del pueblo de Cosamaloapan y señaló:

En el caso que me ocupo se trata exclusivamente de restitución y si los naturales de Cosamaloapan hablan algunas veces de reparto es debido a su ignorancia y, en rigor, no puede exigirse a las comunidades mayor exactitud en sus expresiones y en las interpretaciones de la Ley […]
Con lo expuesto de que me ocupo creo haber demostrado que el fundamento que se invocó para negar no puede en realidad aplicarse al caso de Cosamaloapan […].
Yo no creo justo, Señor Presidente, que se niegue a las comunidades lo que legalmente le corresponde por la falta de un detalle mero formulismo o por motivos de apreciaciones, cuando el fondo de la cuestión hay un claro, evidente, y es que los pueblos piden se les devuelva lo que se les ha arrebatado o se les' dé lo necesario para su sustento21.

Los propietarios afectados con este dictamen de inmediato procedieron a obstaculizar la restitución, argumentando atropellos de parte del ingeniero del CAM, Carlos Rousseau. Los apoderados de San Cristóbal manifestaron que no se les había citado a presentar los títulos de propiedad. Además, los afectados realizaron una campaña de intimidación entre los beneficiados de la restitución con la finalidad de que desistieran de la acción, y así evitar la colocación de las mojoneras en las tierras en disputa. Finalmente, el fallo presidencial fue emitido el 2 de abril de 1918 y se ordenó que la población fuera restituida con 2191 hectáreas. Sin embargo, esta superficie al restituirse fue drásticamente reducida a 89 hectáreas. Aquí las causas:

Después de haberse ejecutado el fallo presidencial, los Sres. Estela Martínez de Gómez, Sofía, María Félix Martínez Pereira, promovieron el incidente relativo a que se excluyera la restitución el ingenio de San Gabriel, de 159 H. de superficie, fundándose que estaba dividido en cuatro parcelas y que cada una de ellas no excedía las 50 H. acompañando su promoción los documentos del caso e lo que consta que dicho ingenio lo hubieron a título de herencia de su padre Don Juan J. Martínez y la división entre sus herederos. En las 159 H. están incluidas las 82 H. del terreno denominado "El Laurel" que se adjudicó al Sr. Joaquín Ahuja Lavalle en 1890. […] Que asimismo el Sr. Andre Guieu, como gerente de la sociedad "Ingenio San Cristóbal y Anexas S.A. pidió que se excluyeran de la restitución los predios denominado "San Felipe" y "Pichuapan" que pertenecían al expresado Ingenio, por haberlos adquirido del Sr. Lorenzo Lavalle según los documentos que exhibían22.

Estos dos reclamos por parte de los dueños de los ingenios fueron resueltos: el primero por fallo presidencial de 14 de enero de 1919, donde se ordenó que el ingenio San Gabriel no debía quedar incluido en los terrenos que se habían restituido al pueblo de Cosamaloapan, por estar legalmente fraccionado en porciones que la ley estipulaba. Por lo que respecta al Ingenio San Cristóbal, la CLA acordó, el 15 de mayo de 1919, que se devolvieran los terrenos que se habían incluido ilegalmente en el ejido que se había restituido, así como 50 hectáreas del predio denominado San Felipe. Esta determinación se llevó a la práctica el 31 de marzo de 192023.

Antes de continuar el proceso agrarista, es necesario poner en contexto la situación del país y del estado en tiempos del reparto agrario a partir de 1920. La reconstrucción del país trajo consigo a dos personalidades eminentemente fuertes: Álvaro Obregón y Adalberto Tejeda. El primero se convirtió en presidente de la República y el segundo fue gobernador del estado de Veracruz. Tejeda, comprometido con las causas sociales y de ideología socialista, procedió a organizar a obreros y campesinos a favor de la causa agrarista. El naciente gobierno posrevolucionario apuntó a una serie de prerrogativas para proteger a las clases menos favorecidas, amparándose en los novedosos artículos 3º, 27º y 123º de la recién aprobada Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917. Los cambios sociales amparados bajo el manto constitucional, significaron el inicio de un gobierno posrevolucionario que se caracterizó por su carácter benefactor durante la primera mitad del siglo XX. En el caso de Veracruz, Tejeda manifestó un ímpetu y entusiasmo en las aplicaciones de las leyes a favor de las clases desprotegidas y luchó por la causa popular:

Durante el primer gobierno tejedista, Veracruz se vio sacudido por el abrupto ingreso en su arena política de actores antiguamente excluidos, los trabajadores del campo y de la ciudad. Teñido por marcados tintes de extremismo ideológico, los escaños más bajos de la sociedad demandaron en todos los tonos, una vida más decorosa. No hay duda de que Adalberto Tejeda propició este fenómeno revolucionario y de que contribuyó de manera significativa a moldear estos sucesos24.

La tarea de los nuevos gobiernos posrevolucionarios fue impulsar acciones que estuviesen a favor del sector popular y en equilibrio a la protección del capital. La tarea más apremiante fue la solución a las demandas laborales y agraristas de obreros y campesinos.


El reparto agrario en Cosamaloapan

Establecido el pacto constitucional de 1917, y durante las dos primeras décadas de gobiernos posrevolucionarios, el perfil de la propiedad en el municipio de Cosamaloapan, prácticamente se mantuvo inalterado. A través de la información disponible podemos ver que frente al latifundio coexistía la pequeña propiedad lo mismo que los colonos y medieros que rentaban tierra a los hacendados. De entre los grandes propietarios destacan la familia de Dionisio de Velasco e Hijos, Pío Ramos Ahuja, la compañía Montgomery, la Compañía Paraíso Novillero, Juan A. Cházaro, Cruz Lagos de Miranda, Carlos Minivielle, Joseph Di Giorgio, por mencionar algunos cuyas extensiones territoriales fluctuaban entre veinte mil y tres mil hectáreas.

Las primeras solicitudes de dotación agraria en el municipio de Cosamaloapan se registran a partir de 1916. Y fueron hechas por las congregaciones y rancherías que tenían vinculo clientelar con los grandes propietarios mediante la renta y mediería de tierras, así como la entrega contratada de la producción agrícola o pecuaria que se obtenía. Entre las primeras solicitudes de dotación agraria destacan las realizadas por las localidades de Cerro Colorado (1916), San Francisco Oyozontle (1916), Cosamaloapan (1917) y Santa Cruz (1920).

De entre las solicitudes de dotación mencionadas, cabe destacar el proceso agrario entablado por los vecinos de Cerro Colorado y de San Francisco Oyozontle contra el terrateniente Francisco Lagos Quevedo propietario de la hacienda San Francisco Oyozontle. Dicha solicitud agraria fue hecha en el año de 1916 por separado, por lo que dos años después se determinó que ambas localidades se integrarían en conjunto para dar cabida a una sola y nueva solicitud con fecha 28 de agosto de 1918. En la exposición de motivos, los solicitantes manifestaron que residían en la hacienda de San Francisco Oyozontle, propiedad de Francisco Lagos Quevedo, y que a pesar de pagar el arriendo de las tierras, el terrateniente los obligaba a venderle su producción y les pagaba el precio que más le convenía. La relación contractual era leonina pues destacaron los solicitantes que por cuatro hectáreas rentaba cuarenta pesos anuales y tenía que ser pagada integra aun cuando la cosecha se perdiera; que las faenas dentro de su propiedad eran obligatorias y no les eran retribuidas en ninguna forma; como consecuencia de la devaluación del papel moneda les obligaba a pagar el doble de renta, pues en Veracruz el dinero circulante se tomaba a la mitad de su valor; por la leña para la cocina cobraba tres centavos diarios y ocho pesos por la renta de la casa-habitación ubicada en el terreno rentado; por cada tarea o caja de carbón elaborado con madera el árbol de nacaxtle cobraba un peso; todas las rentas debían pagarse con cereales de primera, ya que de ser de segunda o tercera clase los recibía por uno; en la época de plátano la producción se le tenía que vender a él, aun cuando se perdiera el cargamento por su culpa. El incumplimiento de sus condiciones era sinónimo de despojo de los animales y amenaza constante de ser expulsados de sus propiedades25.

La respuesta lógica de Francisco Lagos Quevedo ante la solicitud de afectación agraria, fue la de defender sus intereses y se enfrentó a los habitantes de Cerro Colorado y San Francisco Oyozontle. Procedió primero a la intimidación directa, para lo cual recurrió a Pascual Casarín coronel que se había caracterizado por defender los intereses de los propietarios del Papaloapan y casualmente arrendaba tierras de Francisco Lagos Quevedo. Luego se dio a la tarea de impedir el trabajo del ingeniero de la CAM, Jesús López, quien realizó los estudios agrarios para determinar el área afectada destruyendo las marcas de los polígonos levantados y tapando las bocas de los agujeros hechos para plantar las mojoneras. Pese a estas acciones, el 11 de octubre de 1920, el gobernador del estado de Veracruz resolvió favorablemente la dotación agraria. Francisco Lagos Quevedo hizo caso omiso de la resolución provisional y valiéndose del vínculo con el presidente municipal de Cosamaloapan, amenazó a los campesinos por medio de las armas de encarcelarlos. Ante el temor infundido, les obligó a devolverle las tierras y firmar un contrato de compra venta, acción que aceptaron varios vecinos, aún a sabiendas que estaba al margen de la legislación agraria26. Sin embargo éste proceder, se dictó la Resolución Presidencial el 25 de octubre de 1923, mediante la cual se dotó definitivamente de 526 hectáreas a los solicitantes, las que fueron divididas entre las dos congregaciones: Cerro Colorado y San Francisco Oyozontle.

En Cosamaloapan, los hacendados que representaba a la elite local tradicional, especialmente ganadera, se caracterizaron por ejercer una acción hostil para explotar a la clase trabajadora, como en el caso anteriormente descrito. En cambio, los empresarios dedicados a la plantación de cañera y plátano, aplicaron una política laboral que propició relativos beneficios económicos a las localidades cercanas, así como a los jornaleros radicados en los campos de producción. En la medida en que la empresa de plantación fue creciendo en extensión y productividad, se empezó a beneficiar a un mayor número de trabajadores del campo, lo que propició que para la década de 1920 existiera una mejor dinámica económica en el municipio de Cosamaloapan, en comparación con otras regiones del país que se mantuvieron deprimidas social y económicamente. La vida del campesino asentado en las zonas de producción cañera y platanera, trascurría entre las tierras del propietario cubiertas por extensos pastizales donde pacía el ganado vacuno y caballar, la bucólica actividad de la pesca en ríos y lagunas, el jornal en los extensos sembradíos de caña de azúcar y plátano fragmentados, aquí y allá, por manchones de cultivo de maíz, frijol, algodón y frutales tropicales. En buena medida, esta diversidad propició que los jornaleros inmigrantes decidieran asentarse definitivamente en Cosamaloapan dando origen a nuevos núcleos de población que adquirieron perfil de ranchería y con el tiempo de congregación.

Si bien la llegada de capital que dinamizó la economía de Cosamaloapan representó en un primer momento un aliciente y estabilidad social, con el tiempo el monto del salario ofrecido en las labores de campo empezó a ser insuficiente para cubrir las necesidades básicas de las familias campesinas. Por otra parte, la carencia de servicio médico y servicios educativos se fue convirtiendo en una demanda de orden social al amparo de los derechos que establecía la Constitución de 1917. La situación de deterioro económico y la aspiración a una mejora social, alentó a los trabajadores del campo y a los obreros de los ingenios a organizarse y agruparse en sindicatos para buscar la protección de sus derechos y el acceso a la tierra.

Dicho proceso, en cierta manera fue consecuencia del desarrollo y expansión de la producción platanera que aumentó sus inversiones provenientes de compañías extranjeras estrechamente ligadas a los mercados nacionales e internacionales. En la cuenca del bajo Papaloapan, el cultivo del plátano se extendió en los entornos de las poblaciones de Tuxtepec, Papaloapan, Santa Cruz, Tres Valles, Villa de Azueta, Playa Vicente, Otatitlán, Tlacojalpan, Chacaltianguis, y en menor escala en Tlacotalpan y Cosamaloapan. En este último municipio, la producción de plátano la inició Joseph Di Giorgio con su compañía American Fruit Co. en el año de 1923. La demanda de mano de obra motivó que Di Giorgio promoviera, para todas sus plantaciones, la inmigración de jornaleros que fueron reclutados mediante el sistema de enganche en Oaxaca, principalmente. Así, sus campos ubicados en Cosamaloapan y que fueron Laguna Verde, Campo Veracruz, Campo México, Novara, La Pera y Texas, se pobló de jornaleros ocupados en el corte de penca y acarreo de racimos a los puntos de embarque para su envió hacia el mercado norteamericano y nacional. Otros inversionistas locales también canalizaron recursos y tierras para la producción de plátano, aunque en menor medida, como lo fueron Francisco Ahuja, Cruz Lagos Miranda y Francisco Lagos Quevedo, los que desde luego no proporcionaron las mismas condiciones salariales y laborales que ofrecía Di Giorgio. Si bien existían una derrama económica importante en el municipio y los habitantes aparentemente gozaban de mejores salarios por jornal, comparativamente con otras regiones del país, entonces ¿qué factores propiciaron la movilización campesina para solicitar la afectación agraria de los terrenos de plantación? Sobre todo cuando los terrenos dedicados a la plantación empresarial estaban protegidos por la legislación agraria vigente en la época, rasgo que se mantuvo hasta la expedición del Código Agrario de 193427.

La compañía de Joseph Di Giorgio operó sin complicaciones durante el primer año de su inauguración. Un año después, trabajadores de la congregación Tres Valles se organizaron para solicitar dotación agraria afectando la propiedad de Di Giorgio. Esta solicitud se deriva del litigio laboral que tenían trabajadores integrantes de la Confederación Regional Obrero Mexicana (CROM) con los jornaleros que trabajaban con Di Giorgio y habían sido desplazados por aquellos que estaban afiliados a la CROM, lo que les obligó a entablar una huelga, la que después de 21 meses, les obligó a solicitar tierras para laborar. Sin embargo, este conflicto entre trabajadores de la misma congregación afiliados a la CROM y quienes no lo estaban, no obstaculizó la producción de plátano ni afectó en un primer momento las ganancias de Di Giorgio; para salvaguardar sus intereses, este empresario se apoyó en la legislación laboral existente. Para ello, redujo el número de trabajadores al mínimo necesario y lo contrató por tarea para evitar agrupaciones mayores que podrían organizarse sindicalmente. En la información testimonial existente se aprecia cómo se seleccionó a los jornaleros de los campos.

La empresa, considerándose perjudicada, notificó a sus trabajadores el deseo de reformar el contrato, y fue hasta después de acaloradas discusiones, y un sin número de incidentes, y debido a gran parte a la parcialidad demostrada por el enviado de la Junta de Conciliación Arbitraje se firmó un nuevo contrato por el cual se hacía responsable a los trabajadores por el cuidado y la conservación de OCHO HECTÁREAS de terreno sembrado de plátano; y no era porque la compañía inocentemente creyera la posibilidad de algo tan absurdo, sino que, admitiendo únicamente por cada ocho hectáreas, manifestaría necesitar un personal reducido a su tercera o cuarta parte del que en esa época tenía, reduciéndose así, y en esa misma proporción sus obligaciones, ya que el resto del personal, se consideraría extra, sin derecho a médico, medinas, ni sueldos en caso de enfermedad o accidentes, así como separación sin previo aviso…. Etc. pué (sic.) de esta manera como después de estar obligada a proporcionar trabajo y demás de 200 hombres, distribuidos en cinco campos: "Texas", "Novara", "Oro Verde" "México" y "Veracruz" en la actualidad, la obligación solamente es de 57 hombres habiendo destituido gran parte de cada uno de los de Novara28.

Nosotros atribuimos que el despido de los jornaleros en los campos de plantación aceleró la solicitud de tierras en las propiedades de Joseph Di Giorgio. En el año de 1929 se registraron las solicitudes agrarias de Guadalupe (4 de mayo), Laguna Verde y su anexo el Encanto (10 de abril) y Texas (4 de agosto). Dos años después se sumó las peticiones de Campo México (16 de julio) y Novara (9 de agosto). En el año de 1932, la CLA envió a un grupo de ingenieros a iniciar los estudios de dotación para las congregaciones solicitantes.

El empresario Di Giorgio, ante la posible afectación de sus propiedades y de su producción platanera, contrató a un conjunto de notables abogados entre los que destacaban Parachini, Alejandro Quijano, John R. O. Connor y Gustavo E. Rodríguez, siendo este último el titular de los abogados. Los representantes apelaron a varios argumentos legales para salvaguardar las propiedades de su defendido. En el año de 1932, Rodríguez expuso a las autoridades de la CLA, que las propiedades de Joseph Di Giorgio no podían ser objeto de afectación, de acuerdo con la fracción II del artículo 36 de la Ley de Dotaciones y Restituciones de Tierras y Aguas, reformadas por el Decreto de 26 de diciembre de 1930, en donde se especificó que las tierras con cultivo cíclico como era el plátano, no podrían ser objeto de afectación agraria. En ese mismo año, recopiló con sus colegas toda la información de las congregaciones demandantes: censos agrarios, planos de proyección, certificados de inafectabilidad, constancias, levantamientos topográficos, con la intención de averiguar y utilizar ante las autoridades agrarias alguna irregularidad para la defensa de los intereses de Di Giorgio. En su informe de pruebas, pusieron de manifiesto que una irregularidad presente en todas las congregaciones solicitantes, fue el registro de los peones acasillados. De acuerdo a legislación agraria, éstos no tenían derecho de ser ejidatarios porque vivían gratuitamente en casas construidas dentro de la hacienda, así como dependían de un jornal o salario relativo para cultivar pequeñas parcelas. Para citar un ejemplo, Rodríguez demostró que en la congregación de Texas de los 103 censados solicitantes de ejido, sólo 46 tenían derecho, ya que los demás eran peones acasillados. Asimismo, especificó que nueve de ese conjunto residían en la ranchería de Campo México y por ese motivo no debían ser registrados en el poblado de Texas.

Las irregularidades de los expediente agrarios fueron expuestas, no sólo a las comisiones agrarias, sino también a las autoridades estatales. En su informe fechado en el año de 1932, Rodríguez reiteró al gobernador las irregularidades que presentaron las congregaciones de Laguna Verde, Texas y Novara:

AL CENTRO MEMORANDUM para el Sr. Gobernador del Estado de Veracruz, relativo a los expedientes agrarios de "Laguna Verde", "Texas" y "Novara" del ex cantón de Cosamaloapan, que afectan propiedades del señor Joseph Di Giorgio, sembradas con plantación de plátano. Confirmo a usted, señor gobernador, la entrevista que celebré con usted a la una de la mañana de hoy, acerca del objetivo del viaje que motiva mi presencia en esta capital, para suplicarle su personal atención en la resolución de los expedientes de dotación arriba mencionados. II. Quiero recordar a usted nuevamente, que sobre estos mismos asuntos hablaron con usted en México, los Sres. Licenciados Don Alejandro Quijano y John R.O. Connor. III.- He leído los tres expedientes agrarios y he visto, por lo datos que tiene la empresa en su poder, algunas irregularidades cometidas por los Comités Particulares al formulas sus solicitudes, siendo las principales: A) No haber manifestado que se trata de afectar terrenos que están dedicados y sembrados con plantaciones de plátano. B) Haber incluido nombres de personas que no son conocidas en los poblados que se dicen vecinos; y C).- Que por tanto, no llegan al número requerido por la ley, para tener derecho a dotación de ejidos, siendo algunos peones acasillados, quienes no reúnen los requisitos legales. IV. A reserva de confirmar las pruebas fehacientes mis aseveraciones anteriores, me permito llamar su atención29.

A lo anterior agregó, como argumentó, las buenas acciones del empresario Joseph Di Giorgio con las comunidades solicitantes. Tal como lo señaló en el siguiente testimonio:

Por último se trata de una empresa que, como excepción, siempre ha obedecido a los acuerdos del Gobierno, que a su muy digno cargo, y se ha preocupado por dar toda clase de ayuda a los campesinos, proporcionándoles toda clase de ayuda y hasta dinero implementos de labranza para sus trabajados particulares y personales y atentamente suplico a usted, señor Gobernador que se mande agregar el memorial de los expedientes relativos, para que sea tenido en cuenta oportunamente30.

Las solicitudes agrarias que finalmente afectaron al terrateniente Di Giorgio, fueron resueltas entre 1934-1940. En el año de 1934 se emitió dictamen favorable para formar los ejidos de Tres Valles, Campo México y Novara, que fueron dotados con 2388 hectáreas, 388 y 602 hectáreas, respectivamente. Un año después se resolvió el ejido de Laguna Verde y su anexo el Encanto al que se le dotó con 735 hectáreas. En el año de 1937, llegó el dictamen oficial de Texas donde se le concedieron 743 hectáreas y Campo Veracruz con 525 hectáreas. Para cubrir la totalidad de las hectáreas de las congregaciones solicitantes, se afectó también propiedades de Cruz Lagos Miranda, Ricardo Velasco, Sofía López Salomón y Martina Hernández.

Si bien en la década de 1930 aún se percibe el predominio territorial, productivo y de comercio de la gran hacienda, el hecho de haber empezado a aplicarse la reforma agraria con éxito en diversas regiones de la República, comenzó a perfilar un cambio sustantivo en la estructura agraria del campo mexicano y se puede afirmar que el perfil de la propiedad constituida a lo largo del Porfiriato, estaba siendo desmantelada. Sin embargo, para esa década aún no se puede considerar a la generalidad de los campesinos como beneficiarios del nuevo orden revolucionario, ya que siete de cada diez mexicanos no poseían tierra, el reparto agrario era limitado debido a la protección de las plantaciones y en su lugar se optado por satisfacer las demandas de los campesinos a través de la expropiación de pequeños y medianos propietarios.

Entre el año de 1930-1940, Cosamaloapan registró un incremento importante de las solicitudes agrarias. En esa época los ejidos ya existentes recibieron 9 ampliaciones ejidales y se dieron 60 nuevas dotaciones agrarias satisfaciendo la demanda de jornaleros radicados en los campos de plátano y caña de azúcar, así como algunos que residían en las grandes propiedades ganaderas. Para tal fin se procedió a afectar las propiedades de la hacienda Mata de Agua propiedad de la compañía Montgomery, cuyas extensión ascendía a 22101-22-25 hectáreas; la de Dionisio de Velasco dueño de doce predios en Cosamaloapan y uno en Tierra Blanca con una superficie de 21108- 34-80; y el Ingenio Paraíso Novillero que registró 9305-96-35 hectáreas. De igual forma para atender la creciente solicitud de tierras ejidales, también se afectaron las propiedades de Dionisio de Velasco, Pío Ramos Ahuja, María del Carmen de la Llata, María Luisa de la Llata, Carlos Minivielle Roca, Rafael Segura, Amada Fentanes de González, Hermanos Llorca, Adolfo Aguirre, Esteban Salomón, Javier Salomón, Sofía López Salomón, Jesús Martínez, Marcos S. Parroquín y Luis J. Thomson. Así como las del ingenio San Cristóbal. Es importante destacar que los terratenientes Francisco Lagos Quevedo, Cruz Lagos Miranda y Joseph Di Giorgio quienes aún poseían extensiones que rebasaban los límites establecidos por la ley, no quedaron exentos de nuevas afectaciones agrarias.

En este orden de acontecimientos, los propietarios de los ingenios Paraíso Novillero y San Cristóbal enfrentaron continuamente una serie de demandas agrarias establecidas por las rancherías que residían en los alrededores de dichas propiedades, como fueron Bálsamos, Pichoapan, San Felipe, Paso Real, el Mirador, los Totoles, Nopaltepec, Rancho Nuevo, La Colonia, Dos Bocas, Paraíso Novillero y Plan Bonito. Lo interesante es que estos núcleos de población en su mayoría estaban vinculados a la producción con el ingenio San Cristóbal, más que con el de Paraíso Novillero. Por otra parte, los peones acasillados que residían en el entorno de las propiedades de ambos ingenios, no tenían derecho a solicitar ejido debido a que el ingenio les otorgaba una fracción de tierra para cultivar maíz, frijol y otros productos básicos para su subsistencia. No fue sino hasta la promulgación del Código Agrario de 1934, que se concedió el derecho a los peones acasillados para solicitar dotación agraria y se canceló el privilegio de no afectación agraria a las plantaciones de empresas agroindustriales, disposición con la que la agroindustria perdió su amparo legal para poseer en propiedad terrenos que iban más allá de los límites establecidos a la pequeña propiedad.

Hasta antes de la expedición del Código Agrario, las solicitudes de tierras que podrían haber afectado a las propiedades de los ingenios Paraíso Novillero y San Cristóbal, fueron satisfechas afectado propiedades cercanas de la oligarquía local, o bien propiedades que tenían algún litigio legal, sea entre propietarios o con el ayuntamiento. Ejemplo fue la querella que la compañía Montgomery, propietaria de la hacienda Mata de Agua, sostenía desde 1930 con los vecinos de Playa Medina, La Loma, Cerro Torre, Amatepec, Chorrera, El Mirador, Paso Real y Yorca del Paité. Por otra parte, esta propiedad tenía problemas fiscales desde 1910 y cuando la adquirió la compañía Montgomery en 1931, no realizó inversiones productivas, sino que se limitó a arrendar tierras a los vecinos de la región. Al interior de la hacienda se localizaban las congregaciones de la Loma, Playa Medina y la Barranca; mientras que en los límites estaban Chorrera, Paso Real y Carlos A. Carrillo, cuyos habitantes rentaban tierras de la hacienda para cultivar31. Estos habitantes solicitaron que de esta propiedad se les dotará de ejidos para asegurar su sustento. Unos años después se sumaron a estas solicitudes nuevas demandas agrarias, las que finalmente afectaron la propiedad de Mata de Agua. Estas fueron hechas por congregaciones ubicadas en los linderos del Ingenio San Cristóbal y se dedicaban exclusivamente al cultivo de la caña de azúcar para dotar de este producto a dicho ingenio. Los litigios agrarios que se entablaron, fueron resueltos entre 1940-1975. En el año de 1940, se proyectaron los ejidos de Paso Real, Amatepec y Chorrera. Diez años más tarde se levantó el informe técnico de Playa Medina y la Loma. Finalmente el ejido de Yorca del Paité fue creado hasta el año de 1960.

A diferencia de otros casos de dotación agraria que se resolvieron en un lapso promedio de cinco años, los juicios descritos se caracterizaron por haberse tardado entre diez y veinte años. Esta situación fue aprovechada por los apoderados de la compañía Montgomery, quienes fraccionaron y vendieron lotes de la propiedad. Ejemplo de ello fue la solicitud hecha por los habitantes de Yorca del Paité. Después de veinte años fue atendida y para tal fin se comisionó al ingeniero Calixto García Alfaro quien debía proceder a realizar el estudio de dotación. Y aquí empiezan los enredos agrarios. Los solicitantes le expusieron al ingeniero comisionado que las tierras que habían solicitado en ejido, ya las habían comprado, por lo tanto renunciaban a los derechos agrarios. Situación parecida fue la de la congregación Playa Medina cuyos habitantes en boca del señor León Rodríguez, le explicaron al ingeniero Segundo Maldonado, que los vecinos al no verse beneficiados por la legislación agraria, formaron un grupo solidario ya que:

Viendo que la mayoría ya había abandonado los lugares de "Playa Medina", "la Barranca" y también los de la "Loma", y sabiendo que la compañía Montgomery propietario del terreno solicitante iban a venderlo, los que quedaron en "Playa Medina", "Barranca" y la "Loma" se unieron y buscaron otros campesinos hasta formas un grupo solidario de 68 individuos y a través del representante de la Cía. Montgomery compraron 5000-00-00 Hs. formándose una sociedad de Agricultores y Ganaderos en pequeño, quedando León Rodríguez Campillo representando a "Playa Medina", Doroteo Reyes a la "Barranca" y Felipe Barrientos a la "Loma"32.

Sin embargo, el ingeniero Segundo Maldonado observó y explicó a la CLA que la venta de las 5,000 hectáreas al grupo denominado "Agricultores y Ganaderos en Pequeño de Mata de Agua", era ficticia y había sido realizada para proteger los intereses de la compañía. Al respecto escribió:

En mi opinión no debe reconocerse la lotificación de las 5,000 hectáreas que tiene proyectada tal sociedad, la cual en realidad no existe, pues se le dio la fórmula para evitar la aplicación de las leyes agrarias, que como dije antes comprende esta localización con las mejores tierras y fueron señaladas por los vecinos de los poblados antes mencionados para afectación y dotación de Ejidos que esperando esa Superioridad; y fundo mi opinión en que tal lotificación no está amparada legalmente puesto que solo es promesa de venta, y tal superficie no ha sido afectada debidamente. En el Plano que levanté se señala parte de las tierras de estas superficies de 5,000 hectáreas y los nombres de los actuales ocupantes33.

De acuerdo con los expedientes agrarios que hemos consultado, las congregaciones de Paso Real, Chorrera, Cerro Torre y Yorca del Paité, recibieron dotación agraria proveniente de la afectación que se hizo a Mata de Agua de esas supuestas cinco mil hectáreas, así como de la afectación a otros propietarios colindantes que fueron el ingenio San Cristóbal y José Ramos Ahuja, entre los años de 1934-1975.

Por cuanto hace a las propiedades de Paraíso Novillero, entre 1931 a 1935, solicitaron ejido las poblaciones de El Mirador, Nopaltepec y Los Bálsamos (Cuadro 1). El censo agrario que se levantó refleja que en Nopaltepec había 449 habitantes, de los cuales 118 fueron considerados con derecho a dotación. El censo de Los Bálsamos registró 72 personas, siendo 23 susceptibles de recibir el beneficio agrario. En el Mirador se registraron 215 habitantes, de éstos 57 fueron habilitados para recibir tierras. Naturalmente los propietarios de Paraíso Novillero recurrieron a diversos argumentos para detener la afectación agraria, y señalaron que las mencionadas congregaciones no tenían vínculo económico con la hacienda, por lo tanto no procedía la afectación. Asimismo, denunciaron irregularidades en el proceso de reparto y expusieron la razones del porqué no debían ser afectadas sus propiedades. Entre sus alegatos señalaron que las solicitudes sólo contemplaban propiedades del ingenio, y que de acuerdo con la ley se debía contemplar las demás propiedades que se encontraban dentro del radio de afectación. Por lo tanto, se exigió se corrigieran y ajustaran las medidas de los ejidos solicitantes34.

Hasta 1937, las solicitudes agrarias que contemplaron afectar al ingenio Paraíso Novillero fueron limitadas y para satisfacer las demandas campesinas en su totalidad, se recurrió a la afectación complementaria de otras propiedades colindantes, a pesar de que las congregaciones no abastecían de caña de azúcar al ingenio. Diversos problemas, entre los que destacan los financieros y agrarios, condujeron al declive de la compañía. En un intento desesperado por mantener la producción, los dueños de Paraíso Novillero celebraron contratos con las poblaciones vecinas para el abasto de caña, esto debido a que:

En la actualidad en ingenio de Paraíso Novillero ha abandonado la mayor parte de sus antiguos campos de caña, y se ha dedicado a arrendar esos campos los que están en regulares condiciones y a conceder permisos a los agricultores de la región para cultivar caña de azúcar, bajo la condición de venderla al propio ingenio. Este ingenio trabaja en la actualidad en un volumen mucho menor a su maquinaria atribuyéndose está a diversas razones35.

Finalmente, por Decreto Presidencial se dotó de ejido a las congregaciones antes citadas entre 1936-1938.

A las peticiones ejidales mencionadas, en el año de 1937 se sumaron las solicitudes de tierra hechas por los trabajadores que habitaban en los terrenos del ingenio. Los informes señalan que los solicitantes residían en las zonas de cultivo que habían sido abandonadas por la empresa. Las condiciones no eran salubres, situación que incitó a la congregación a demandar una zona de urbanización. En el año de 1940, el ingeniero en turno, Segundo Maldonado, se encargó del estudio de dotación. En su informe recomendó que la congregación fuera dotada con 3088 hectáreas, propuesta que fue modificada por la CAM el 18 de octubre de 1940 al reducirla a 2256 hectáreas. Ante esta decisión, el subdirector general de Paraíso Novillero, Luis Garduño Solórzano, informó al gobernador del estado, Marco Antonio Muñoz, que si de dotaba al poblado se dañaría tanto a Paraíso Novillero como a los colonos y ejidatarios de la zona:

La dotación ejidal y posesión ejidal que se pretende dar en Paraíso Novillero y su anexo el Saladero Viejo, tendría gravísimas consecuencias y no solucionaría el problema actual toda vez que como ya dijimos han cambiado las circunstancias de cuando se hicieron las solicitudes ejidales a la fecha. La compañía azucarera del paraíso Novillero, S.A. únicamente trabaja por su cuenta en siembra de caña treinta hectáreas y el resto de la superficie cultivada de caña lo es por los colonos que están en posesión de las tierras y que no son refaccionados por el ingenio. De darse la posesión ordenada se tendrá como consecuencia una pugna entre todos los colonos y supuestos ejidatarios, ya que los primeros lógicamente tratarían de defender su patrimonio; hacemos notar que existe sino un solo colono que tiene más de 100 hectáreas y el resto está repartido en fracciones que van de una hasta más de 50 hectáreas máxime. Por lo tanto creemos en beneficio de la tranquilidad de la zona el beneficio y de los colonos y de los ejidatarios podrían resolverse este grave problema de la siguiente forma. 36

Otra irregularidad que señaló la compañía, fue la integración del censo agrario. En él no solamente se consideró a campesinos, sino también se incluyeron a jefes de familias dedicados a otras actividades no agrícolas, como obreros y personas que no vivían en el poblado e incluso gente que ya estaba muerta. Pese a estos argumentos se expidió la Resolución Presidencial que llegó el 2 de noviembre de 1955, otorgando al poblado 2848 hectáreas y beneficiando a 348 personas.

La década de 1930 y la siguiente fueron años de intensa actividad para el ingeniero Segundo Maldonado, pues a partir de 1937 los trabajadores que habitaban en los campos del ingenio San Cristóbal, conscientes de sus derechos agrarios apelaron a la solicitud de tierras para satisfacer sus necesidades más apremiantes. Ellos solicitaron el predio "San Cristóbal y Buena Vista." Sin embargo, dicho predio ya estaba siendo objeto de deslinde para dotar a los vecinos de Chorrera y Paso Real. El ingeniero Segundo Maldonado, tenía en claro la situación e invitó a las congregaciones demandantes a entablar un acuerdo sobre las dimensiones de los ejidos. Paso Real y Chorrera aceptaron dialogar, pero San Cristóbal se opuso a un posible acuerdo. Esa situación llevó al Comité de San Cristóbal a levantar un acta contra el ingeniero Segundo Maldonado, exponiendo lo siguiente:

Tambien(sic.) emos (sic.)tenido entrevista (sic.) con el ingeniero Maldonado para aserle(sic.) ver que nos causa intorpecimiento(sic.) en esa forma y el más indica que son disposiciones del gobierno, pero nosotros estamos en la creencia que el gobierno no manda a sus empleados a despojar a unos para dárselas a hotros(sic.), y emos (sic.) notado que el ingeniero ha estado en componendas con esas organizaciones rreservando(sic.) lo que nos ase en creer que son asuntos y caprichos que él se está ajustando, en contra de nosotros no obstante que le emos(sic.) estado con las mallores (sic.)Consideraciones y que lo anesecitado (sic.)la proporcionado, y nos esta también (sic.) rerrogando gastos y está trabajando en contra de nosotros, pero asemos saber que no es el motivo que esa liga este en la creencia que nosotros nos hoponemos(sic.) a recibir la posecion(sic.), pero queremos a ser saber que estamos en la mejor disposición de aceptarla tan luego el gobierno arma personas que sepan entender los perjuicios que rrecibimos (sic.)en la organización y que sepa cumplir con el mandarto (sic.) tal como seño made (sic.) la superioridad, y no se encapriche a perjudicar unos que está trabajando onradamente (sic.), como esta organización por mantener una rregin (sic.) de elementos que no son más que unos que sepa informar legalmente a donde se incustra (sic.) el mal37.

Con la finalidad de establecer un nuevo acuerdo con los solicitantes de San Cristóbal, Segundo Maldonado buscó al representante del departamento de la CAM, Trinidad B. Villalobos, que casualmente había llegado a la zona a investigar los avances en la aplicación de la reforma agraria. Al conocer el problema de San Cristóbal, Villalobos visitó la congregación para adentrarse en el conflicto y les informó que era indispensable cooperar para establecer los acuerdo sugeridos por Segundo de Maldonado. Durante su instancia en la congregación, Villalobos realizó un registro de los solicitantes a partir del informe que le entregó el Comité Ejecutivo Agrario de San Cristóbal, mismo que a la vez le dio a Maldonado. De acuerdo con dichos testimonios, Villalobos únicamente registró en la lista de padrones a los que tenían anotados la directiva del Comité de San Cristóbal. En esa lista, aparecían vecinos de Chorrera, Paso Real, La Colonia y Dos Bocas, los que también estaban registrados como solicitantes en sus lugares de origen por lo que no tenían derecho agrario para ser incorporados en la solicitud de San Cristóbal. Finalmente, la Resolución Presidencial se emitió el 13 de noviembre de 1940, en ella se otorgó al poblado de San Cristóbal una superficie total de 4440 hectáreas, de éstas, 2234 hectáreas fueron expropiadas del terreno San Cristóbal, 1727 del predio Pichuapan y San Felipe y 379 hectáreas de la propiedad de Mata de Agua.


Conclusión

A lo largo de este artículo se ha tratado de explicar el desarrollo de la aplicación de la reforma agraria en el municipio de Cosamaloapan. Tomando como marco de referencia el enfoque de la historia regional que tiende a privilegiar, en sus explicaciones, la influencia de las actividades económicas en la constitución de las regiones. Se ha demostrado que la sociedad local y sus relaciones de producción a partir del acceso a la propiedad de la tierra, han sufrido importante transformaciones a lo largo del tiempo, sobre todo durante los siglos XIX y XX que fueron siglos de dos importantes cambios en la estructura agraria nacional, y en este caso, regional.

El despegue económico que experimentó la región de Cosamaloapan en la etapa previa al periodo revolucionario, es decir durante el porfiriato, no hubiera sido posible sin la maximización del trasporte fluvial tradicional y la introducción del ferrocarril, ya que ambos medios de comunicación permitieron optimizar la extracción de los productos agropecuarios y facilitaron el traslado de trabajadores agrícolas que procedían de otras regiones del país, lo que condujo a una mayor complejidad del tejido social y de las relaciones de producción. El conjunto de características mencionadas, permitieron que hasta la década de 1920 no se presentara una alteración estructural significativa, a pesar de que se habían iniciado de forma escueta los trabajos de dotación agraria a favor de algunos pueblos de la región. Si se compara con otras partes del país o de Veracruz, que sí fueron asoladas por la violencia de los enfrentamientos revolucionarios o de las luchas entre terratenientes y líderes agrarios, se podrá constatar que en la región de Cosamaloapan prevaleció la estabilidad económica como resultado del control político y social que conservaron los terratenientes, gracias también a la baja densidad demográfica. Estos actores sociales tenían a su favor el hecho de que no ejercían una explotación desmesurada sobre sus jornaleros, mismos que en buena medida disfrutaban de condiciones benévolas de trabajo, como lo eran salarios mejor remunerados que en otras regiones, alimentos a bajo costo, facilidades para acceder al cultivo de la tierra dentro de las áreas ociosas o marginales de las haciendas y la posibilidad de la recolección de frutos y la pesca libre.

Sin embargo, la situación de la clase trabajadora en la cuenca baja del río Papaloapan comenzó a transformarse en la década de 1930, especialmente porque las condiciones laborales comenzaron a deteriorarse. Esto quiere decir que los salarios se volvieron insuficientes al tiempo que la jornada de trabajo se hizo más larga. Asimismo, los jornaleros no tenían asistencia médica ni educación, dicha circunstancia los llevó a adherirse a los sindicatos obreros y campesinos para asegurar la protección de sus derechos y prerrogativas. Su adhesión a estas asociaciones les permitió conseguir algunas mejoras laborales como los contratos de trabajo obrero-patronal, vacaciones pagadas, indemnizaciones, aumento de sueldos, mejoras de viviendas y servicios públicos. Empero, la movilización de la clase trabajadora cambió la relación de poder existente entre los terratenientes propietarios de plantaciones plataneras y cañeras, así como de terrenos dedicados tradicionalmente a la ganadería, a lo que se sumó el daño que en esa década produjo a los cultivos las frecuentes inundaciones estacionales y la exigencia de urbanizar los núcleos de población adyacentes a los campos.


* Artículo de investigación resultado del proyecto: La Reforma Agraria en el bajo Papaloapan, Veracruz. Financiada por la Universidad Veracruzana, México.

1 SANTOS, Lucía, EL proceso agrario en Rafael Lucio 1925-1980, México, Universidad Veracruzana, 2010; SKERRIT, David, Una historia agraria del centro de Veracruz 1850-1940, México, Universidad Veracruzana, 2003; SAGAHÓN, Laura, La cuestión agraria en Tlacotalpan, Veracruz: Restitución y dotaciones 1915-1940, México, Universidad Veracruzana, 2003 y SANTAMARÍA, Héctor, El oro verde en la cuenca baja del Papaloapan. Auge y crisis platanera de 1908 a 1940. Universidad Veracruzana, 1999.

2 AGEV, CAM, Población Tres Valles, caja 209, exp. 51, f. 89.

3 KNIGHT, Alan, La Revolución mexicana, México, Fondo de Cultura Económica, 2010; WOMACK, John, Zapata y la Revolución Mexicana, México, Secretaría de Educación Pública, 1985 y WILKIE, James, La Revolución Mexicana, Gasto federal y cambio social, Fondo de Cultura Económica, 1987.

4 ROMERO, Emilio, La Reforma Agraria en México, México, Cuadernos Americanos, 1963, p. 22.

5 FABILA, Manuel, Cinco siglos de Legislación Agraria (1493-1940), México, Talleres de Industrial Gráfica, 1941, pp. 209-213.

6 MORETT, Jesús, Alternativa de modernización del ejido, México, Instituto de Proposiciones Estratégicas, 1992, p.16.

7 MOLINA, Andrés, Los grandes problemas nacionales, México, Era, 1997, p.152.

8 SILVA, Jesús, El agrarismo mexicano y la reforma agraria, exposición y crítica, México, Fondo de Cultura Económica, 1974, pp. 104-159.

9 VELASCO, José, Política y legislación agraria en México: de la desamortización civil a la reforma campesina, México, Universidad Veracruzana, 1993, pp. 69-70.

10 AGEV, CAM, población Manantial, caja 382, exp. 1321, f. 120-121.

11 Véase VELASCO, José, Tierra y conflicto social en los pueblos veracruzanos, 1521- 1917, México, Universidad Veracruzana, 2003; VERGARA, Gustavo, Un ingenio, un pueblo: Cosamaloapan, Veracruz., 1830-1940" México, Universidad Veracruzana, 1990; MARTINEZ, Juana, San Cristóbal: un ingenio y sus trabajadores, 1896-1934, México, Universidad Veracruzana, 1985; CORRO, Octaviano, El cantón de Cosamaloapan: noticias de geografía y de historia, México, Instituto de Antropología: Colecciones David Ramírez Lavoignet, 1951.

12 VERGARA, Gustavo, Un ingenio, un pueblo: Cosamaloapan, Veracruz, México, Universidad Veracruzana, 1990, p.194.

13 MARTINEZ, Juana, San Cristóbal: un ingenio y sus trabajadores, 1896-1934., México, Universidad Veracruzana, 1985, p. 32.

14 VELASCO, José, Tierra y conflicto social en los pueblos veracruzanos, 1521- 1917, México, Universidad Veracruzana, 2003, pp. 360-365.

15 Ibíd., p. 361

16 CORZO, Ricardo, GONZALEZ, José y SKERRIT, David,…nunca un desleal: Cándido Aguilar (1889- 1960), México, Gobierno del Estado de Veracruz, 2007, pp. 119-120.

17 VELASCO, José, Política y legislación agraria en México: de la desamortización civil a la reforma campesina, México, Universidad Veracruzana, 1993, p. 89.

18 VERGARA, Gustavo, Rostros de la Revolución Mexicana en el Papaloapan Veracruzano, México, Instituto Veracruzano de la Cultura, 2010, p. 77.

19 VELASCO, José, Tierra y conflicto social en los pueblos veracruzanos, 1521- 1917, México, Universidad Veracruzana, 2003, p.370.

20 Ibíd., pp. 326-327; VERGARA, Gustavo, Rostros de la Revolución Mexicana en el Papaloapan Veracruzano, México, Instituto Veracruzano de la Cultura, 2010, pp. 85-86

21 CORZO, Ricardo, GONZALEZ, José y SKERRIT, David,…nunca un desleal: Cándido Aguilar (1889- 1960), México, Gobierno del Estado de Veracruz, 2007, pp. 119-120. p. 137.

22 AGN, CAM, población Cosamaloapan, caja 17, exp. 20, f. 25.

23 AGN, CAM, población Cosamaloapan, caja 17, exp. 20, f. 25.

24 FALCÓN, Romana, La semilla en el surco: Adalberto Tejeda y el radicalismo en Veracruz, 1883-1960, México, El Colegio de México, 1986, p. 120.

25 AGEV, CAM, poblado Cerro Colorado y San Francisco Oyozontle, caja 71, exp. 104, f. 26-27,173.

26 Ibíd., f. 174-178.

27 VELASCO, José Política y legislación agraria en México: de la desamortización civil a la reforma campesina, México, Universidad Veracruzana, 1993, p. 93-94.

28 AGEV, CAM, poblado Novara, caja 438, exp. 1609, f. 32.

29 AGEV- CAM, poblado Texas, caja 296, exp. 908, f. 128.

30 Ibíd., f. 129.

31 AGEV, CAM, poblado Chorrera, caja 524, exp. 2053, f. 47

32 AGEV, CAM, poblado Playa Medina, caja 476, exp.1802, f. 49.

33 AGEV, CAM, poblado Chorrera, caja 524, exp. 2053, f. 47.

34 AGEV, CAM, poblado El Mirador, caja 425, exp. 1544, f. 81; AGEV, CAM, poblado Bálsamos, caja 587, exp. 2009, sf. AGEV, CAM, poblado Nopaltepec, caja 449, exp. 1664, sf.

35 AGEV- CAM, poblado Paraíso Novillero, caja 709, exp. 3118, sf.

36 Ibíd.,

37 AGEV, CAM, poblado San Cristóbal, caja 711, exp. 3130, sf.



Fuentes

Fuentes primarias

Archivos

Archivo General del Estado de Veracruz (AGEV). Expedientes de la Comisión Agraria Mixta (CAM) de: Tres Valles, Laguna Verde, Campo México, El Manantial, San Francisco Oyozontle, Cerro Colorado, Novara, Texas, Chorrera, Plaza Medina, El Mirador, Los Bálsamos, Nopaltepec, Paraíso Novillero y San Cristóbal. Archivo General de la Nación (AGN). Expediente. Cosamaloapan.

Fuentes secundarias

Libros

CORRO, Octaviano, El cantón de Cosamaloapan: noticias de geografía y de historia, México, Instituto de Antropología: Colecciones David Ramírez Lavoignet, 1951, 255 p.

CORZO, Ricardo (coord.),…nunca un desleal: Cándido Aguilar (1889-1960), México, Gobierno del Estado de Veracruz, 2007, 516 p.

FABILA, Manuel, Cinco siglos de Legislación Agraria (1493-1940), México, Talleres de Industrial Gráfica, 1941, pp. 209-213.

FALCÓN, Romana, La semilla en el surco: Adalberto Tejeda y el radicalismo en Veracruz, 1883-1960, México, El Colegio de México, 1986.

KNIGHT, Alan, La Revolución mexicana, México, Fondo de Cultura Económica, 2010, 1405 p.

MARTINEZ, Juana, San Cristóbal: un ingenio y sus trabajadores, 1896-1934, México, Universidad Veracruzana, 1985.

MOLINA, Andrés, Los grandes problemas nacionales, México, Era, 1997.

MORETT, Jesús, Alternativa de modernización del ejido, México, Instituto de Proposiciones Estratégicas, 1992.

ROMERO, Emilio, La Reforma Agraria en México, México, Cuadernos Americanos, 1963.

SAGAHÓN, Laura, La cuestión agraria en Tlacotalpan, Veracruz: Restitución y dotaciones 1915-1940, México, Universidad Veracruzana, 2003, 175 p.

SANTAMARÍA, Héctor, El oro verde en la cuenca baja del Papaloapan. Auge y crisis platanera de 1908 a 1940, 173 p.

SANTOS, Lucía, EL proceso agrario en Rafael Lucio 1925-1980, México, Universidad Veracruzana, 2010, 164 p.

SILVA, Jesús, El agrarismo mexicano y la reforma agraria, exposición y crítica, México, Fondo de Cultura Económica, 1974.

SKERRIT, David, Una historia agraria del centro de Veracruz 1850-1940, México, Universidad Veracruzana, 2003, 308p.

VELASCO, José, Tierra y conflicto social en los pueblos veracruzanos, 1521- 1917, México, Universidad Veracruzana, 2003.

VELASCO, José (coord.), De padre río y madre mar: reflejos de la cuenca baja del Papaloapan, Veracruz Tomo I, México, Gobierno del Estado de Veracruz, 1998, p. 18.

VELASCO, José, Política y legislación agraria en México: de la desamortización civil a la reforma campesina, México, Universidad Veracruzana, 1993.

VERGARA, Gustavo, Rostros de la Revolución Mexicana en el Papaloapan Veracruzano, México, Instituto Veracruzano de la Cultura, 2010.

VERGARA, Gustavo, Un ingenio, un pueblo: Cosamaloapan, Veracruz., 1830- 1940", México, Universidad Veracruzana, 1990.

WILKIE, James, La Revolución Mexicana, Gasto federal y cambio social, Fondo de Cultura Económica, 1987, 566 p.

WOMACK, John, Zapata y la Revolución Mexicana, México, Secretaría de Educación Pública, 1985, 443 p.