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Hegel, el librecambista vulgaris. Una lectura marxiana de la segunda sección de la tercera parte de la Enciclopedia de las ciencias filosóficas de Hegel

HEGEL, THE FREE TRADER VULGARIS: A MARXIAN READING OF THE SECOND SECTION IN HEGEL’S THIRD PART OF HIS ENCYCLOPAEDIA OF THE PHILOSOPHICAL SCIENCE

Rafael Gonzalo Angarita Cáceres [*][**]
Universidad Industrial de Santander., Colombia

Revista Filosofía UIS

Universidad Industrial de Santander, Colombia

ISSN: 1692-2484

ISSN-e: 2145-8529

Periodicidad: Semestral

vol. 16, núm. 1, 2017

revistafilosofia@uis.edu.co

Recepción: 01 Noviembre 2016

Aprobación: 25 Noviembre 2016



DOI: https://doi.org/10.18273/revfil.v16n1-2017011

Resumen: el presente escrito realiza una lectura marxiana de la Segunda Sección de la Tercera Parte de la Enciclopedia: El espíritu objetivo. El texto, en primer lugar, asiste al modo en que ciertos autores y corrientes han leído el pensamiento económico de Hegel. Posteriormente se expone la importancia de la Enciclopedia para el estudio del pensamiento económico de Hegel. Luego se examina el modo en que Marx y Hegel conciben la circulación simple. La parte final estudia la circulación desarrollada. El análisis efectuado muestra que Hegel, por reducir su análisis a la circulación simple, encuadra perfectamente en lo que Marx denomina, en El Capital I, librecambista vulgaris.

Palabras clave: Hegel, Marx, Enciclopedia, El Capital, Librecambista vulgaris.

Abstract: The aim of this paper is to make a Marxian reading of the second section in Hegel’s third part of his Encyclopedia of the Philosophical Sciences: The objective spirit (Geist). In the first section, it discusses the importance of studying Hegel’s thoughts on economy. The second one illustrates the way authors, both Marx and Hegel, see simple circulation. The last one approaches developed circulation. Findings suggest that Hegel matches with Marx’s description of the free trader vulgaris, as he put it on his book Capital I.

Keywords: Hegel, Marx, Encyclopaedia, Capital, free trader vulgaris.

Para vislumbrar y discutir el pensamiento económico de Hegel se requiere, además de adentrarse en la obra del autor, acudir, aunque sea de modo muy preliminar y general, a autores, corrientes y perspectivas que muestren el modo en que ha sido leído e interpretado este filósofo. Por ello, en lo que sigue, se realizarán unas breves referencias al modo en que ciertos autores y corrientes se han ocupado del pensamiento económico de Hegel. Lo anterior permitirá ganar elementos conceptuales que resultarán esenciales a la hora de postularlo como un librecambista vulgaris, según la terminología propuesta por Marx en El capital (1952).

El pensamiento económico de Hegel o la relación de este filósofo con la economía suele verse, generalmente, desde dos perspectivas que varían en los temas que se toman como puntos de partida. La primera podría considerarse o llamarse negativa. Esta visión se constata en pensadores como Hayek (1952) y Popper (1992), quienes parten desde la consideración de la historia o, más precisamente, desde el concepto de conciencia histórica. Por esta misma vía, es decir, de la relación entre filosofía de la historia y economía política en Hegel, estudios más recientes (Pradella, 2014) siguen denunciando las consecuencias políticas de la filosofía hegeliana, aun cuando se hace énfasis en el carácter eurocentrista y, por tanto, imperialista del autor. Con todo, esa referencia a la historia y a la filosofía de la historia constituye toda la filosofía práctica de Hegel (Alznauer, 2012).

La segunda visión corresponde a un espectro mucho más amplio de estudiosos de la obra de Hegel (Dri, 2000; Acanda, 2003; Alarcón, 2010; Merrill, 2015 y Molina, 2012), por citar solo algunos de los muchos que llegan a resultados similares en sus análisis e investigaciones]. Esta perspectiva considera que los desarrollos teóricos de Hegel resultan sumamente críticos con respecto a la visión liberal de la economía y de la sociedad. Merrill (2015), por ejemplo, no duda en señalar que la teoría económica propuesta por Hegel puede, incluso, solucionar las fallas del mercado imposibles de remediar desde las propias teorías liberales.

Hayek (1952) indica que la negación de la libertad corresponde a la perniciosa influencia de Hegel no solo en el ámbito de la filosofía, sino en la configuración de las ciencias sociales y de la totalidad del pensamiento. El acercamiento a Hegel es, como el propio autor lo reconoce a lo largo del texto, fragmentario. Además, la lectura está mediada por la continua aparición de comentarios poco académicos que podrían, incluso, llegar a ser considerados insultantes, así se puede constatar, por ejemplo, al final del tercer apartado. La crítica o, más bien, la desaprobación de Hegel, como se indicaba anteriormente, está dada por la filiación que se hace de su concepción de historia como historicismo y, por tanto, como enemiga o como lesionadora de la libertad. En este sentido, Hayek remite al estudio de Popper, que para la época solo era un artículo publicado en Economica: Poverty of Historicism. Bajo el mismo título, Popper efectúa la publicación del texto como libro: Miseria del historicismo (1973). En este desarrollo teórico se insiste en la imposibilidad de concepciones de la historia como la de Hegel y como la de Marx, en la medida en que pretenden fundarse en supuestos científicos que indican la predictibilidad de la historia desde la formulación de leyes universales. La crítica de Popper es completada y acentuada en La sociedad abierta y sus enemigos (1992). En este lugar, las tesis propuestas por el filósofo alemán son vistas como enemigas de la libertad y de la forma de organización política propuesta como la más elevada adquisición de la humanidad: la democracia.

A esta visión peyorativa de la filosofía de Hegel, en tanto que totalitaria y enemiga de la libertad y de la democracia, se le opone una perspectiva que postula a la teorización del filósofo alemán como una fuerte crítica al liberalismo (Dri, 2000; Acanda, 2003; Alarcón, 2010; Merrill 2015 y Molina, 2012). Como se indicaba hace un momento, el ataque a los planteamientos liberales se realiza desde el concepto de sociedad civil, expresado en la última de las partes de los Fundamentos de la Filosofía del Derecho (Hegel, 1993). La crítica desarrollada y expuesta en este texto no es una crítica cualquiera o una crítica efectuada de pasada, corresponde a un arduo trabajo que le llevó a Hegel, al menos, ocho redacciones en las que cambian los trabajos intermedios, pero se mantiene siempre el resultado final: El estado como último estadio del desarrollo y de la materialización del espíritu (Dri, 2000). La posición frente al liberalismo podría ser esquematizada, básicamente, desde dos reclamos. El primero de ellos considera que el liberalismo no realiza un examen histórico completo del desenvolvimiento del espíritu. Por ello, se apresura a considerar como punto de llegada lo que sería solo un extravío de la razón. La otra reclamación consiste en que, gracias a este apuro, el liberalismo deja por fuera y postula como fines lo que constituye condiciones de posibilidad tanto de la existencia como del desenvolvimiento del espíritu. Por ello, sacrifica todo proyecto educativo como crematística, es decir, como la vía más expedita para lograr la satisfacción de las necesidades particulares desde lo que se denomina el principio egoísta (Hegel, 1993).

No obstante lo recabado, la crítica de Hegel al liberalismo y a toda la filosofía política, vista desde Marx (2010), resulta insuficiente. Lo es en la medida en que para Marx no es posible realizar una comprensión de la sociedad y de todo lo que implica en sus componentes ideológicos y materiales en el espacio exclusivo de lo puramente abstracto. La comprensión de lo real, de lo concreto, requiere un especial trabajo de estudio, de análisis y de crítica de la ideología para pasar, inmediatamente, a estructura de la sociedad, tal y como lo efectúa el autor en El Capital (López, 2014). El trabajo emprendido por Marx y postulado como ausente en las teorizaciones de Hegel o que, desde otra óptica, para Marx, está comprendido de modo contrario, es el que hace posible dar cuenta de las relaciones sociales de producción, de las determinaciones económicas y de la lucha de clases como motor de la historia; los elementos estructurales del pensamiento marxiano (Foucault, 1996).

La crítica de Marx a Hegel no constituye una desautorización de carácter general, comprende un minucioso trabajo desarrollado a lo largo de toda la vida. Un trabajo del que la historia nos ha legado algunos testimonios fragmentarios (Marx, 2010). Por la misma vía de la crítica emprendida por Marx, este texto observa las relaciones entre Hegel y la economía en la Enciclopedia de las ciencias filosóficas, y, más precisamente, desde la noción de propiedad expresada en la Segunda Sección de la Tercera Parte: El espíritu objetivo (Hegel, 2005). La lectura se efectúa a partir de la caracterización del librecambista vulgaris, ofrecida por Marx en El Capital I. Esta filiación de Hegel con el liberalismo quizá pueda ser el punto de partida para efectuar una comprensión más acabada de aquella acusación lanzada por Marx en sus años de juventud a la teoría hegeliana, según la cual, los desarrollos teóricos de Hegel comportan una identidad con respecto a las teorizaciones de la moderna economía política (Marx, 2013).

Con el objeto de dar plena cuenta de lo anterior, en lo que sigue, el texto se estructura en tres partes. En la primera se ofrece un argumento sobre la importancia de la Enciclopedia para considerar el pensamiento económico de Hegel. La segunda acude a la circulación simple con el objeto de observar las similitudes de los autores en la consideración de esta primera fase del intercambio de mercancías. En la parte final, con el ánimo de estudiar la circulación desarrollada, se observarán las diferencias fundamentales entre Marx y Hegel. Esta separación hace que la teorización efectuada por Hegel lo presente como librecambista vulgaris, según la acusación que lanza Marx para todos aquellos que no asisten al examen de la circulación desarrollada. Negación que les lleva a ser solidarios con las diversas formas de explotación presentes en la sociedad capitalista (Palermo, 2016).

1. La importancia de la Enciclopedia

Para señalar la centralidad de la Enciclopedia se indicará, en primer lugar, de modo muy general, el lugar que investigaciones contemporáneas le han dado a esta obra en el pensamiento económico de Hegel. Posteriormente, también de manera muy general, se expondrá el modo en el que Marx, en los manuscritos del 44, se relaciona con la filosofía de Hegel y con su pensamiento económico. Aleccionados por los desarrollos teóricos propuestos por Marx, y desde la categoría de la propiedad, se expondrá, finalmente, lo que en la consideración de este breve estudio podría constituir la centralidad de la Enciclopedia para relacionar el pensamiento de Hegel con la economía política moderna, según la declaración efectuada por el joven y solitario Marx del París de 1844 y resaltada líneas arriba.

Las categorías económicas propuestas por Hegel están, ordinariamente, ligadas a nociones jurídicas y políticas que enjuician la totalidad de la obra del autor. English (2013) por esta vía vincula el pensamiento económico de Hegel con el individualismo. Merrill (2014), al examinar la cuestión ética desde los contenidos económicos de Hegel, se ubica en una posición intermedia, ya que para él la teoría hegeliana incentiva el interés personal, pero hace un fuerte énfasis en la cuestión de los derechos, que permitiría, en última instancia, hacer frente a los posibles abusos del interés particular. (Esta preocupación por la ética y por una teoría de la justicia es desarrollada ampliamente por Boldyrev y Herrmann-Pilath (2013), en el mismo sentido, pero partiendo exclusivamente de un análisis de las emociones, puede consultarse a Filipe (2014). Anders (2014), por el contrario, al observar la relación de los conceptos económicos con las nociones jurídicas y políticas ve en Hegel la posibilidad de realizar una fuerte crítica al capitalismo.

De modo más específico, se hace necesario señalar que el trabajo académico e investigativo que se adelanta en la obra de Hegel relacionado con las nociones económicas y, sobre todo, con las jurídicas que están directamente implicadas toman como punto central de referencia a los Fundamentos de la filosofía del derecho. Lo anterior se debe no solo a que, desde el principio, los Fundamentos constituyen el texto único de estudio (Cristi, 1978; Duncan, 2015; Thadeu, 2014), sino a que se plantea como el marco de referencia a partir del cual se puede realizar una comprensión de la problemática (Cristi, 2005, 2007; Buenaga, 2014). Constatado lo anterior, la lectura de la Enciclopedia parece que solo tiene lugar como texto de confirmación que corrobora lo dicho en los Fundamentos (2014). En este sentido, y para la temática estudiada, pudiera pensarse que la Enciclopedia constituye un texto sobrante, una obra secundaria en la que se expresa lo que ya ha quedado consignado en otro lugar. En suma, parece que este tipo de lecturas postularan a la Enciclopedia como el lugar de la reiteración e, incluso, hasta de la redundancia. Lo anterior le conferiría al texto la categoría de lo secundario, en el más claro sentido de lo innecesario y de lo superfluo.

Para la reflexión aquí emprendida, el lugar secundario a que es condenada a la Enciclopedia tiene su explicación en que los teóricos citados están más preocupados por las implicaciones jurídicas a que dan lugar los conceptos económicos. Es más, los textos relacionados corresponden a investigaciones que se adelantan desde el campo disciplinar del derecho. Ello explica que su máxima preocupación o, lo que es lo mismo, el primer texto de estudio sean los Fundamentos. En este sentido, podría muy bien afirmarse que se obtendría un resultado muy distinto si la investigación se encarece desde otro aspecto, que pudiera ser el económico, el estrictamente filosófico o el lógico (Giusti, 2013).

El proceder del joven Marx (2010) frente a la filosofía de Hegel puede ser descrito como una atención y un examen a diferentes aspectos. Por ello, en lo atinente a la crítica de la dialéctica hegeliana y a toda la filosofía de Hegel, los resultados que expone del estudio resultan ser dos muy distintos. En primer lugar, Marx no duda en señalar que la Fenomenología constituye la matriz y el secreto de toda la filosofía de Hegel. Según lo consignado, si se quiere asistir a una comprensión y a una explicación general de esta filosofía, se hace obligatorio estudiar la Fenomenología. Pero, en segundo lugar y con el objeto de analizar el saber absoluto, Marx hace de la Enciclopedia su principal referente. El recorrido de la Enciclopedia le permite al autor de El Capital explicar el despliegue del espíritu desde lo puramente especulativo hasta la autoconciencia. Pero la enunciación de ese recorrido empieza a ser poblada por comparaciones de términos, de nociones y de conceptos que provienen de la economía. La primera categoría utilizada es la del dinero y, posteriormente, la de valor.

Como se indicaba, Marx reconoce en la Enciclopedia un recorrido con unos puntos de partida y de llegada claros y definidos. La presentación del pensamiento hegeliano se inicia con lo puramente especulativo y termina con el saber absoluto. Pero el recorrido en cuento tal solo es posible por la utilización de la lógica, a la que Marx denomina el dinero del espíritu. Con esta categorización, la lógica adquiere todas las características que Marx (2013), leyendo a los poetas (en especial a Sófocles y a Shakespeare), da al dinero. La lógica se torna, entonces, en el instrumento que le permite al espíritu hacer lo impensable y lo inimaginable, es la que le da poder sobre lo divino y sobre lo humano, la que le permite acercar lo lejano y alejar lo cercano. En suma, si el dinero es el alcahuete del mundo, la lógica cumplirá el mismo oficio pero dentro de la comprensión del sistema hegeliano.

La aparente contradicción que se expresa en la diversidad de resultados presentados por Marx se explica, de acuerdo a lo planteado, en que la discusión temática efectuada en el 44 hace énfasis en varios aspectos y en distintas áreas de estudio. Así, para llegar al primero de los resultados se examina la cuestión desde una comprensión absolutamente filosófica de la obra de Hegel. En el segundo de los aspectos, el énfasis en nociones económicas para ridiculizar y desautorizar el punto de partida de la reflexión hegeliana se hace ver de bulto. Por lo demás, el hecho de que Marx piense en la Enciclopedia a la hora de hablar de nociones y de conceptos económicos resulta más que relevante para el estudio aquí emprendido.

Cristi (2007), por su parte, a la hora de intentar filiar el concepto de propiedad en Hegel con las implicaciones jurídicas y, más precisamente, con los derechos subjetivos a que da lugar este modo peculiar de entenderse con los objetos, precisa que en Hegel se constatan dos modos diferentes de entender la propiedad. La diferencia conceptual se deja ver al comparar las épocas de los escritos. El joven Hegel reconoce una distinción entre posesión y propiedad, mientras que en la edad de madurez se elimina la distinción.

Así, Realphilosophie II, al postular la distinción posesión/propiedad expresa una distinción anterior y básica: Estado de naturaleza y Estado de derecho. La posesión constituye una relación con la cosa que se da en el Estado de naturaleza. La propiedad, por su parte, expresa una relación jurídica con la cosa que se da frente a un tercero (Cristi, 2007). La cadena de las distinciones podría, sin embargo, seguirse rastreando hasta una distinción matriz de la filosofía: naturaleza/cultura (Derrida, 2005). Con todo, lo importante es que los escritos de juventud de Hegel expresan la diferencia radical que implica la propiedad como sinónimo de civilización con la posesión como esfera propia de la barbarie.

En los escritos de madurez, la distinción, tal y como se había indicado, desaparece por completo. Para Cristi (2007) se trata del establecimiento de la propiedad o del reconocimiento de la existencia única e indivisa del Estado de derecho y, en cuento tal, del reconocimiento de los otros de una especial relación de las personas con los objetos, es decir, como sus propietarios. No obstante lo anterior, conviene indicar que la concepción expresada por Cristi (1978 y 2007) cuenta con adversarios que el propio Cristi (2007) cita, pero que no discute. Así, por ejemplo, sostiene que para Avineri (1972), en la consideración del derecho abstracto, no hay un colapso en la distinción presentada.

Por la misma vía señalada por Avineri (1972), la reflexión aquí emprendida sostiene que hay una distinción clara y fija entre posesión y propiedad, pero que no es la misma relacionada en los escritos de juventud. La solución de continuidad con respecto a los primeros escritos no es total, sino parcial, toda vez que la distinción se da dentro del Estado de derecho. Esta peculiaridad es plenamente constatada en la Enciclopedia. En efecto, al considerar el parágrafo 489 (Hegel, 2005) se verifica no solo la importancia de la Enciclopedia para el pensamiento económico y para las implicaciones políticas y jurídicas del concepto de propiedad, sino, además, la claridad sobre la distinción estudiada, toda vez que en este apartado operan, completamente diferenciados, los conceptos de posesión y de propiedad. La diferenciación se da, al igual que en los escritos de juventud, desde un carácter puramente temporal. Primero se llega a la posesión y, posteriormente, a la propiedad.

La posesión se da como una primera relación con la cosa, una relación que se configura, entonces, a partir de un apoderamiento del objeto. Desde el parágrafo 486, en la introducción de la temática a tratar, Hegel anuncia el derecho a algo como posesión de una persona entendida como tránsito hacia la propiedad. La posesión per se no incluye la propiedad, sino que es vista como una mediación entre la voluntad y la propiedad. El fin, el punto de llegada, lo constituye la propiedad, es decir, el ejercicio de la voluntad y el reconocimiento de un tercero del derecho de alguien sobre un determinado objeto. El movimiento es, pues, el siguiente: una voluntad que ejerce una posesión y que, por medio de ella, hace que la cosa sobre la que recae esa posesión se presente como propiedad. Relación jurídica que adquiere su existencia, es decir, que se valida por la verificación de un tercero.

2. Circulación simple

La distinción esencial entre posesión y propiedad propuesta en el acápite anterior y referida al ámbito del establecimiento del Estado de derecho se explicaría, en términos económicos, como la clásica distinción entre valor de uso y valor o valor de cambio. El valor de uso está referido a la posesión, es decir, a la esfera en la que no hay un ejercicio de la voluntad con miras a la relación de intercambio. La consideración del valor de uso solo toma en cuenta la utilidad y la materialidad del objeto (Vázquez, 2016). Lo anterior no es óbice para que el objeto considerado como valor de uso pueda pasar al ámbito del valor, es decir, a la esfera del intercambio, lugar de privilegio del valor o valor de cambio (Ordóñez, 2015). Según lo expuesto, la noción de propiedad referida en el parágrafo 489, y en toda esta parte de la Enciclopedia, constituye un ejercicio que se efectúa sobre el valor o valor de cambio.

La referencia a la Enciclopedia y a la noción de propiedad esbozada en este apartado, ha llevado al análisis a hacer pie en lo que para Marx (1952 y 1973) constituye el concepto inicial y central de la economía política: la mercancía. Así se demuestra en las variadas definiciones que ofrece el autor: célula económica, objeto externo y lo más rudimentario y general de la producción burguesa, entre otras (Marx, 1952). Esta aseveración permite indicar, por otra parte, que el trabajo de Marx consiste en desmontar todos los artificios del mundo de las mercancías para realizar una denuncia desde las bases de una economía política que considera científica (Garrido, 2016). Ello ocurre, precisamente, porque el proceso de conocimiento, de investigación y de develación de la totalidad social tiene su punto de partida en la ideología. Según lo anterior, el método utilizado por Marx es el denominado “aproximaciones sucesivas”, ya que se permite la posibilidad de pasar de lo absolutamente abstracto a lo concreto (López, 2014). Pero, a su vez, se hace innegable que al transitar este camino de lo concreto, la teoría marxiana postula el modo histórico en el que el capital, para sostenerse, reifica la totalidad de la vida humana (Westra, 2012). En suma, el destino histórico de la economía marxiana consiste en explicar y en denunciar el proceso de fetichización.

La mercancía, es decir, la cosa objeto de la voluntad, como lo expresa Hegel (2005), se distingue entre la modalidad inmediata que ella toma (su utilidad o materialidad) y, por otro lado, lo que es sustancial en ella de cara a un tercero y al ejercicio de la voluntad, es decir, el valor. El valor de uso, entendido como soporte material del valor, expresa la utilidad del objeto y, por tanto, el ser apto para satisfacer las más diversas necesidades, lo que le da al valor de uso una distinción enteramente cualitativa (Marx, 1952). El valor o valor de cambio, por su parte, “[…] aparece como la relación cuantitativa […]” (4). Es decir, como la posibilidad de mutar, en el cambio, a valor de cambio, y, por tanto, ser comparable con otra u otras mercancías de acuerdo a una medición específica (el tiempo de trabajo socialmente necesario invertido en ellas) en el acto del cambio.

Pero este ámbito del intercambio comporta la celebración del contrato, es decir, el acto mediante el cual la cosa deja el dominio de una voluntad y, por un acto de esta voluntad, se transfiere a otra voluntad. El contrato exige, como condición de su realización, que “[…] se puede poner como igual lo que es enteramente heterogéneo cualitativamente. Y así se pone en general como COSA universal o abstracta” (Hegel, 2005, §494, p. 529). La cita deja en claro, por lo demás, que eso universal y abstracto que permite toda igualación, incluso de lo más heterogéneo, es el dinero, especificidad que lo hace ser, desde la óptica de Marx (1952 y 1973), tanto un conocimiento inicial con el que cada persona cuenta como la mercancía de mercancías. Dentro de las muchas posibilidades con las que cuenta esta especial mercancía está la de ser abstracta. Cualidad que se constata al ser indicación del valor de cambio de una mercancía, pues aparece sin estar materialmente presente como su nombre (Hegel, 2005; Marx, 1952).

Lo consignado nos muestra que no se opera cambio alguno en las concepciones de mercancía expresadas por Hegel y por Marx. El único cambio pareciera situarse en lo prolijo que resulta la descripción ofrecida por Marx, en contraste con las pocas líneas que Hegel dedica al tema. Frente al señalado panorama podrían muy bien decirse dos cosas que serán siempre una: pareciera como si el poder de síntesis de Hegel nos hubiese presentado los mismos elementos en esas nueve líneas o, en segundo término, como si Marx no hubiese hecho más que desarrollar, en la Contribución a la Crítica de la Economía Política y en la primera sección de El Capital I, lo preceptuado por Hegel en tan pocas líneas.

Pero esta coincidencia se presenta porque los dos filósofos están empeñados en llevar a cabo la descripción de un único proceso: la circulación simple. A la que se llega ya sea por la concordancia de voluntades expresadas en el contrato o, lo que sería lo mismo, por la circulación de mercancías en el acto de cambio de equivalentes. En esta esfera, la posesión se constituye en el medio que se dirige hacia la propiedad. La propiedad, por su parte, se dirige expresa e inequívocamente hacia el intercambio o contrato: “El regreso concreto de mí hasta mí en la exterioridad consiste en que yo (que soy la infinita referencia de mí a mí) soy como persona la repulsión de mí mismo por mí y en el ser de otras personas, de mi referencia a ellas y en el ser reconocido por ellas que es así recíproco, tengo la existencia de mi personalidad” (Hegel, 2005, §490 p, 527).

El reconocimiento, entonces, solo se da allí donde se puede decir el predicado práctico mío, es decir, allí donde hay propietarios. Son ellos y solo ellos los que pueden constituir el espacio primero de las relaciones interpersonales. Pero, para poder llegar a esta dimensión se hace preciso disponer de la libertad, es decir, de una voluntad libre, pues es ella la única capaz de hacer el tránsito desde la posesión a la propiedad. De acuerdo a lo indicado, el mundo queda reducido, entonces, a unas personas que exhiben su carta de ciudadanía como propietarios de mercancías, según la exposición efectuada por Hegel del ámbito de la circulación simple.

En la dimensión de la circulación descrita por Marx (1952), las cosas no solo no cambian. Luego de la prolija descripción de los componentes de la mercancía y de sus desarrollos históricos, Marx echa una mirada a los propietarios de las mercancías o, como él los llama en el capítulo II de la Primera Sección (1952), sus guardianes. Ante el llamado de Marx, como al llamado de un cliente, los propietarios de mercancías responden de inmediato y se dejan ver en el plano secuencia del acto mismo del cambio, que se da, como quedó dicho, mediante un acto de voluntades de una relación económica expresada en una relación jurídica, el contrato. En esta relación económica trastocada, el hombre solo vale y solo es tenido en cuenta en cuanto propietario de mercancías. Si no acude al mercado en tal calidad, se tiene por no existente.

3. Circulación desarrollada

El análisis efectuado nos muestra que, con Hegel, todos los hombres acuden a ese espacio originario de reconocimiento por el otro, pues todos son propietarios o, más precisamente, la propiedad se deja ver como un desarrollo propio del hombre, con la expresión de su voluntad libre. Para Marx, sin embargo, lo anterior solo constituye un contenido abstracto, ya que en el mundo concreto solo unos cuantos son propietarios de mercancías, y solo a ellos les es reservado el espacio de la circulación, se trata, entonces, de la aludida dimensión exclusiva de los guardianes de mercancías. En suma, lo que vemos en la comparación de los autores es lo que González (2013) ha denominado la explotación visible y la invisible. Para este autor, el gran logro de Marx consiste, precisamente, en mostrar y hacer evidente la explotación del trabajador, lo que solo es factible en el ámbito de la circulación desarrollada, precisamente porque la explotación aparece allí como robo de bienes y de servicios que pertenecen al trabajador (Rodgers, 2015).

La pregunta de Marx, sin embargo, es por el resto, por esos otros que no ostentan la calidad de custodios. Para poder responder adecuadamente este interrogante, se hace obligatorio abandonar el cambio simple y acudir al estudio del proceso de valorización de la mercancía y, por tanto, de la circulación desarrollada. En esta esfera se constata el ingreso del obrero al proceso de circulación con la única mercancía que puede poseer, su fuerza de trabajo.

La fórmula general del capital precisa que: “La circulación de mercancías es el punto de arranque del capital […]” (Marx, 1952, p. 103). De acuerdo a esta fórmula, para ver la forma en que el dinero se convierte en capital, se hace obligatorio observar lo que pasa con el obrero en el mercado. Con la circulación simple se dijo que el mercado era el sitio exclusivo de los poseedores de mercancías, que acuden exhibiendo la más alta de sus virtudes, la libertad. El obrero, de acuerdo a la referencia canónica (Marx, 1952), entra en la circulación de mercancías con una muy peculiar: su fuerza de trabajo. Y al igual que los demás propietarios de mercancías se nos deja ver como siendo libre. Mejor aún, siguiendo el análisis de Marx, el obrero es más libre que cualquier otro de los propietarios de mercancías, ya que el obrero es “[…] libre en un doble sentido, pues de una parte ha de poder disponer libremente de su fuerza de trabajo como de su propia mercancía, y, de otra parte, no ha de tener otras mercancías que ofrecer en venta; ha de hallarse, pues, suelto, escotero y libre de todos los objetos necesarios para realizar por cuenta propia su fuerza de trabajo” (122).

De acuerdo a la descripción presentada, en la relación originaria, los propietarios de mercancías acuden al mercado y lo hacen libremente, pero hay uno de ellos, el más afortunado (según lo ha presentado la sátira de Marx), que, aunque goza de la prerrogativa de una doble libertad, le incomoda a tal punto que la rechaza al divisar la fábrica, el lugar donde los sueños de libertad se esfuman en el proceso de valorización que solo puede brindar la mercancía vendida por el obrero. Ante la ineluctable certidumbre de la fábrica y de la plusvalía, su preciado milagro, Marx dice: “[…] El antiguo poseedor de dinero abre la marcha convertido en capitalista, y tras él viene el poseedor de la fuerza de trabajo, transformado en obrero suyo; aquél, pisando recio y sonriendo desdeñoso, todo ajetreado; éste, tímido y receloso, de mala gana, como quien va a vender su propia pelleja y sabe la suerte que le aguarda: que se la curtan” (129).

Pues bien, lo que muestra de plano todo el proceso de valorización es que, realmente, el obrero dista mucho de ser libre. Cosa que se vislumbra en el humor negro de Marx, desde que el obrero es anunciado en la circulación como doblemente libre. Pero aquí se hace posible constatarlo: el que antes se mostraba tan libre viene ahora convertido en obrero de otro [modo histórico más bárbaro de esclavitud (Marx, 1952)] y sabe a lo que le ha llevado el ser libre, es decir, el estar liberado de todas las mercancías, a vender su propio pellejo con el fin de asegurar los medios de vida que le procuren su subsistencia.

Aleccionados por lo preceptuado, la indicación de que absolutamente todos los que acuden a la circulación son libres, solo se puede sostener en la circulación simple, sesgando el proceso de valorización, es decir, no mirando hacia los pórticos de la fábrica o haciéndolo con indiferencia. A todos aquellos que se detienen en ese primer espacio y que extraen y pregonan los conceptos de libertad ateniéndose única y exclusivamente al ámbito de la circulación son llamados por Marx (1952) librecambistas vulgaris. Con todo, esta aseveración no solo sería aplicable a Hegel en la Segunda Sección de la Tercera Parte de la Enciclopedia. Podríamos encontrar muchos otros casos. Así, Palermo (2016), por ejemplo, extiende este epíteto a todos los economistas neoclásicos.

Tal y como lo sostiene Cristi (2005), a partir de la lectura de Avineri (1972), la pretensión de Marx consiste en realizar una crítica fundamental a las premisas filosóficas de Hegel, trabajo que es encarado desde la crítica a las opciones políticas. Al atender a la caracterización de Hegel como librecambista vulgaris, queda claro que esa entrada a lo político que conduce a lo filosófico tiene a la economía como verdadera puerta de entrada o, en otros términos, la crítica política y filosófica a Hegel están dadas como unas implicaciones de las nociones económicas utilizadas.

4. Consideraciones finales

La reflexión emprendida ha mostrado la importancia del pensamiento económico de Hegel. Como prueba de ello se relacionaron algunas referencias de autores y de corrientes que, precisamente por su actividad política o académica, presentan diferentes enfoques e interpretaciones de la reflexión hegeliana.

El análisis se encargó de mostrar, también, la importancia de la Enciclopedia a la hora de ligar el pensamiento de Hegel con las consideraciones de la economía política moderna. Esta relación se constata, precisamente, en la distinción establecida en la Enciclopedia entre posesión y propiedad, junto con las implicaciones jurídicas a que da lugar.

Al realizar una lectura comparativa de las investigaciones de Hegel y de Marx, se pudo constatar que los dos autores efectúan un mismo esfuerzo teórico descriptivo de las relaciones comerciales. Este trabajo se inicia con el elemento nuclear de la mercancía, pero termina justo en las puertas del mercado: allí donde empieza la valorización de la mercancía, es decir, en la circulación desarrollada. Para Marx, todo aquel que no transite hacia esta dimensión por medio de una descripción crítica que repute y denuncie al proceso de valorización como un asunto inhumano que niega y socaba la libertad del trabajador, debe ser considerado un librecambista vulgaris.

En la medida en que el trabajo desarrollado en la Segunda Sección de la Tercera Parte de la Enciclopedia se restringe a la descripción de la circulación simple, Hegel cumple con la tipología del librecambista vulgaris postulada por Marx en El Capital I. Esta consideración postulada por Marx como una ingenuidad y, al mismo tiempo, como una alianza de los economistas con la clase dominante es constatada también por Palermo (2016) respecto de toda la economía neoclásica. Por ello, aplica, a sus representantes, el epíteto marxiano de librecambistas vulgaris. Cuestión que resulta más que paradójica, toda vez que muchas de las críticas efectuadas a Hegel, tal y como se hizo constar al inicio del texto, provienen de esta corriente de pensamiento.

La consideración de Hegel en esta Sección de la Enciclopedia como un librecambista vulgaris a partir de la noción ofrecida por Marx en El Capital, es lo que, en última instancia, valida la afirmación del joven Marx en los Manuscritos de Paris, según la cual, la filosofía de Hegel consiste en un cúmulo teórico que presenta los mismos resultados de la economía política moderna (Marx, 2013)φ

Referencias

Acanda, J. (2003). Hegel: liberalismo y sociedad civil”. Recerca: revista de pensament i anàlisi, (3), 37-53.

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Notas de autor

[*] colombiano. Magíster en Filosofía y profesor Universidad Industrial de Santander.
[**] Artículo de reflexión.
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