Resumen
RESUMEN
La responsabilidad del Estado por error judicial sólo comenzó a aplicarse a partir de la expedición de la Ley 270 de 1996 – Estatutaria de la Administración de Justicia – la cual consagró, en el Capítulo VI del Título III, la responsabilidad del Estado y de sus funcionarios y empleados judiciales en tres casos específicos: el defectuoso funcionamiento de la administración de justicia, el error jurisdiccional y la privación injusta de la libertad. Sin embargo, desde antes de la entrada en vigencia de dicha norma, el Consejo de Estado ya venía fallando casos con fundamento en la responsabilidad del Estado en materia de justicia; especialmente, aplicando el título de imputación de la falla en el servicio judicial, no sólo desde la vigencia de la Constitución Política de 1991 sino incluso en vigencia de la Constitución de 1886. Se hace necesario entonces conocer cómo interpretaba el Consejo de Estado el error judicial en vigencia de la Constitución de 1886.
Palabras claves: responsabilidad estatal, error judicial, interpretación judicial.