Editorial


UNA MIRADA ÉTICA A LA PRODUCCIÓN INTELECTUAL
DEL DOCENTE UNIVERSITARIO.

El Gobierno Nacional, a través de la Ley 30/92 establece los objetivos de la educación superior y los orienta a "profundizar en la formación integral de los colombianos capacitándolos para cumplir las funciones profesionales, investigativas y de servicio social que requiere el país; en trabajar por la creación y desarrollo del conocimiento y promover su utilización en todos los campos para solucionar las necesidades del país; en prestar a la comunidad un servicio con calidad; en ser factor de desarrollo científico, cultural, económico, político y ético a nivel nacional y regional; en actuar armónicamente entre sí y con las demás estructuras educativas y formativas; en contribuir al desarrollo de los niveles educativos que le preceden para facilitar el logro de sus correspondientes fines; en promover la unidad nacional, la descentralización, la integración regional, y la cooperación interinstitucional con miras a que las diversas zonas del país dispongan de los recursos humanos y de las tecnologías apropiadas que les permitan atender adecuadamente sus necesidades; en promover la formación y consolidación de comunidades académicas y la articulación con sus homologas a nivel internacional; en promover la preservación de un medio ambiente sano y fomentar la educación y la cultura ecológica; y en conservar y fomentar el patrimonio cultural del país".

Además, mediante los decretos 1444/92 y 55/94 que contienen normas en materia salarial y prestacional para los empleados públicos docentes de las universidades estatales u oficiales del orden departamental, municipal y distrital, estableció el reconocimiento a la producción intelectual y formuló el marco de referencia dentro del cual la Universidad colombiana en uso de su autonomía, puede reglamentarse con el fin de garantizar la organización, evaluación y reconocimiento de esta actividad, de acuerdo con los criterios enunciados en los decretos.

Surge entonces en la UIS el Acuerdo Nº. 065 del 5 de Octubre de 1.994, en donde se define la producción intelectual como "el resultado de la actividad permanente de creación, innovación, comprobación de conocimientos y de las actividades que tengan como objetivo el desarrollo de la cultura, la ciencia, el arte y la tecnología, que realiza el profesor de la Universidad Industrial de Santander, para cumplir con su misión, en beneficio de su crecimiento intelectual y del fortalecimiento académico de la institución".

Este Acuerdo establece que "la producción intelectual es uno de los pilares sobre los cuales no sólo se apoya el progreso académico, sino el económico, político y social de la Universidad. Es una de las actividades de mayor trascendencia que da a la institución la posibilidad de ser reconocida tanto a nivel nacional como internacional".

Ahora bien, todos somos conscientes que la Universidad hace parte y se debe a la sociedad, y que nuestro país atraviesa por momentos difíciles, tanto en lo económico como en lo social, que requiere de soluciones a problemas específicos que podrían resolverse a través propuestas y de proyectos de investigación, facilitados en su gran mayoría por el potencial intelectual, experiencia académica y profesional de los profesores universitarios y el concurso orientado de los estudiantes.

Entonces, vale la pena reflexionar alrededor de si la producción intelectual de la Universidad corresponde a la solución de las necesidades de la sociedad en donde está inmersa, bajo el principio de "ganar-ganar" como estrategia que procura el beneficio mutuo en todas las interacciones humanas, dirigiendo las acciones hacia la satisfacción de las necesidades reales de la región y del país, y sirviendo como fuente de información de los resultados de la productividad.

Otro punto de reflexión sería sobre si la producción intelectual es el producto de la profundización del conocimiento a través de post-grados (maestrías y doctorados) debidamente seleccionados, orientados a la búsqueda de soluciones a las necesidades sentidas del ser humano en sus dimensiones individual y social.

Sería interesante conocer la respuesta de la sociedad al preguntársele ¿Qué tanto ha crecido en materia económica, ética y social como resultado de los aportes de la producción intelectual que se desarrolla al interior del alma mater?

No en vano la filósofa española Adela Cortina escribe en su libro Ética de la Empresa, "a diferencia de las personas, cuya existencia no necesita legitimación, las organizaciones deben proporcionar unos bienes a la sociedad para ser aceptados por ella, y lógicamente en el caso de que no se produzcan, la sociedad tiene derecho a reclamárselos y por último a deslegitimarlas".

Por otra parte, es imperioso reconocer que los recursos económicos, materiales y humanos de las universidades son escasos, razón por la cual deben ser muy bien canalizados para brindar soluciones eficaces y eficientes. Para esto, es preciso identificar qué hace cada uno de los componentes de la organización y tener una visión de conjunto que permita establecer las potencialidades con que se cuenta. A partir de ese conocimiento de una visión integral de la organización como sistema, se podrá lograr una institución más competitiva y productiva con la facilidad de capitalizar a tiempo las experiencias de otros, evitar la duplicidad en la inversión de recursos y obtener una sensible reducción de costos.

El desafío más importante, como lo expresa Nicholas Burnett, Sub-director General de Educación Superior de la UNESCO, durante su entrevista en la II Conferencia Mundial de Educación Superior en París: "es que la educación superior debe ser relevante y estar visiblemente ligada a las necesidades de las economías, de la sociedad y de los estudiantes".

En vista de que los resultados de la evaluación de la producción intelectual tienen efecto sobre la promoción en la carrera docente y sobre el salario del profesor, de acuerdo con las normas vigentes, es razonable que éste no sea el fin último del interés del docente, sino el fruto del reconocimiento al cumplimiento de las funciones misionales hacia los cuales se orientó su contratación.

Es por esto que los criterios de evaluación de la producción intelectual necesariamente se deban dirigir hacia la calidad y pertinencia académica, científica, técnica, humanística, artística o pedagógica, hacia la contribución o aporte al desarrollo del campo respectivo de la ciencia, la tecnología, las ciencias humanas, las artes y la pedagogía. Su grado de complejidad y exigencia en el desarrollo del trabajo forman parte de estos criterios.

La Universidad avanza en materia de regulación y procedimientos internos relacionados con la producción intelectual, pero el quehacer del docente en esta función misional debe estar guiado más por principios éticos que por reglamentaciones que obliguen a actuar en uno u otro sentido, lo cual, por la naturaleza de la actividad siempre resultará compleja. Además, si se tiene en cuenta que la Misión de la Universidad es formar personas, es necesario reconocer que las leyes delimitan los parámetros en los que se puede actuar, pero los principios éticos definen límites que van más allá de la ley e imponen parámetros personales.

Si bien es cierto que es función de la Universidad incentivar la producción intelectual de sus profesores mediante el reconocimiento moral y la retribución económica apropiada buscando no sólo el aspecto salarial sino el bien social, es deber de los docentes orientar sus acciones al logro de éste fin ético, contribuyendo a la legitimación de la Universidad por parte de la sociedad.


ESPERANZA CRUZ SOLANO
Coordinadora del Comité de Ética para la
Investigación Científica
Facultad de Salud-UIS